VALENCIA.- El PSPV plantea aplicar en los casos de
desahucio por parte de una entidad financiera un contrato de
arrendamiento con opción de compra por un periodo de tres años,
prorrogable dos años más, a tres bandas en el que la Generalitat se hará
cargo de parte del pago durante este tiempo, con unas condiciones
predeterminadas. En caso de que no haya acuerdo, se procederá a la
expropiación forzosa para que el propietario puedan vivir en la vivienda
durante este periodo.
El secretario general del PSPV, Ximo Puig, acompañado de la
secretaria de Vivienda y portavoz del área en el Grupo Parlamentario
Socialista, María José Salvador, ha presentado en rueda de prensa esta
propuesta de Ley de defensa de la función social de la Vivienda, que ya
han registrado en las Corts, y que calculan que beneficiarán a cerca del
60 por ciento de los afectados.
Puig ha destacado que se trata de "una iniciativa pionera" ya que
se trata de evitar los desahucios de forma "preventiva" antes de que se
produzcan en una comunidad en la que se registran 19 alzamientos de
viviendas al día, la segunda con mayores cifras de España, recurriendo a
las competencias que tiene la Generalitat recogidas en su Estatuto para
evitarlo.
Para ello, ha explicado Salvador, este procedimiento se activará
"justo en el momento" en el que se interponga la demanda de ejecución
hipotecaria por la entidad financiera. Entonces el propietario demandado
podrá informar a la Generalitat, para que esta notifique al banco las
condiciones que tendrá ese contrato, que sustituirá a la anterior
relación entre la entidad financiera y el propietario deudor.
Las condiciones de este contrato estarán marcadas por ley. Así, el
precio del inmueble se fijará de acuerdo al decreto sobre saneamiento
del sector financiero, que para primera vivienda prevé una quita del 50
por ciento. La Generalitat participará en el contrato obligatorio
subrogándose en el pago del alquiler a la entidad financiera con una
renta mensual marcada por la doceava parte del 3% del precio reajustado
de la vivienda.
Por su parte, el arrendatario abonará a la Generalitat Valenciana
una parte del alquiler que no puede superar el 25% del total de los
ingresos de la unidad familiar, y en ningún caso la cuantía abonada por
el Consell. Además, si hay informe favorable de servicios sociales puede
que se exonere del pago si hay imposibilidad económica por el ciudadano
desahuciado. Este contrato entrará en vigor en el momento en el que se
haga firme la resolución judicial de ejecución hipotecaria con lo que el
antiguo propietario permanecerá en su casa como arrendatario.
Salvador ha puesto un ejemplo práctico de que una vivienda
escriturada por 120.00 euros en caso de desahucio pasaría a costar
60.000 euros. De este modo, la Generalitat pagará un alquiler de 150
euros mensuales, durante tres años lo que supondrá unos 5.400 euros en
tres años, mientras que el arrendatario abonará una cantidad que no
supere 25% de los ingresos totales de la unidad familiar, se queda en
'su casa' y a los 3 años puede ejercer opción de compra.
Pasado este tiempo, se podrá renegociar una prórroga pero no se
puede establecer medidas más a largo plazo porque sería alterar el
régimen hipotecario y la Generalitat no tiene competencias, según ha
especificado Eugenio Borell.
Sin embargo, en el caso de que no se firme este contrato
se procederá a la Expropiación Forzosa del derecho de usufructo
temporal de la vivienda, por un periodo de tres años por parte de la
Generalitat Valenciana. En esta situación la Generalitat paga al banco
un justiprecio del 2 por ciento anual, y el arrendatario procedería a
abonar una cantidad en concepto de alquiler no superior al 25 por ciento
de los ingresos de la unidad familiar, y en ningún caso esta cantidad
superaría el 50 por ciento de la cuantía del justiprecio.
Además, de este plan de choque, el anteproyecto también plantea
medidas estructurales como ampliar el ejercicio del derecho de tanteo
por parte de la Generalitat Valenciana a estos supuestos, además de para
los casos de VPO o VPP que ya estaba previsto en la ley. Estas
viviendas pasarán a formar parte del patrimonio público y serán cedidas a
los Ayuntamientos para su gestión.
Además, para dar salida a las 150.000 viviendas vacías que se
calculan que hay en la Comunitat Valenciana propone un régimen
sancionador para las que sean propiedad de entidades financieras, como
aplicarles el duplo del IBI, mientras que proponen incentivos a las que
sean de particulares.
Entre los requisitos para acceder a este contrato, entre otros, son
que la vivienda sea la residencia habitual y única, que le ejecución
hipotecaria sea consecuencia del impago de un préstamo y que el esfuerzo
que represente la carga hipotecaria sobre la renta familiar se haya
multiplicado por, al menos, 1,5 y ello suponga más de un tercio de los
ingresos familiares, y que el conjunto de ingresos de la unidad familiar
no supere 3 veces el valor del Indicador público de renta de efectos
múltiples.(1.597 € mes).