La actuación fue aprobada mediante acuerdo plenario el 19 de enero de 2006 y pretendía la construcción de un complejo urbanístico con campo de golf, centro comercial, hotel y más de 2.000 viviendas, promovido por Sector Residencial la Maimona S.L.U., según las mismas fuentes.
Los terrenos que albergan el PAI se encontraban, antes de la reclasificación, con "la máxima calificación de protección posible, que puede obtener el consistorio, es decir suelo no urbanizable especialmente protegido desde el año 1985 con una superficie de 760.000 metros cuadrados".
A esto hay que añadir, según las mismas fuentes, "más de 1.500.000 metros cuadrados como suelo de protección forestal, dado el gran valor paisajístico y forestal" de la zona.
El terreno, según las mismas fuentes, "corresponden a una zona boscosa en estado virgen, única tan cerca de Valencia" y que "alberga varios endemismos exclusivos, como el Teucrium edetanum y Sideritis juryi y especies en peligro de extinción como murciélagos que anidan en cuevas y trincheras provenientes del frente de la 1ª Guerra Civil".
Para el Centro de Acuicultura Experimental, la sentencia supone un "claro frenazo" a la intención del Ayuntamiento de Llíria de iniciar "urgentemente las obras, como había anunciado la concejala de urbanismo, Reme Mazolari" que fijó el inicio de las construcciones en el mes de marzo.
No obstante, apuntaron que "al quedar sin efectos la aprobación y adjudicación del PAI no se podrá llevar a cabo ninguna actividad de ejecución de la urbanización". Añadieron que aunque el promotor, el Ayuntamiento y la Generalitat "pueden recurrir la sentencia ante el Tribunal Supremo, la doctrina aplicada es la que viene aplicando desde hace tres años el Tribunal Supremo", por lo que, consideraron que "las posibilidades de que pueda prosperar un recurso son escasas".
No hay comentarios:
Publicar un comentario