VALENCIA.- La Fiscalía de Medio Ambiente abrió en el año
2011 un total de 234 diligencias de investigación, la mayoría de ellas
--199-- por delitos contra la ordenación del territorio, es decir, por
construcciones ilegales, según ha avanzado el fiscal coordinador de este
área, Joaquín Baños.
Baños ha explicado que en 2011 se registró un descenso del número
de diligencias de un 40 por ciento, puesto que mientras que en 2010 se
abrieron en la Fiscalía de Medio Ambiente 357 investigaciones, el pasado
año fueron 234 --contando con la demarcación de Alzira--. Así, mientras
en 2010 se incoaron 155 diligencias de oficio, en 2011 fueron nueve.
El fiscal ha justificado este descenso en que fue en 2010 cuando
Fiscalía procesó toda la información suministrada por los ayuntamientos
de la provincia en relación con el oficio que les envió en el año 2008
para que denunciaran todas las construcciones ilegales de sus
localidades de las que tuvieran conocimiento. "Por eso hubo en 2010
tantas diligencias de oficio", ha remarcado.
En 2011, al no haber incoado casi ninguna diligencia de oficio,
porque "casi todo ya estaba hecho", ha habido un descenso
"considerable". De las investigaciones abiertas el pasado ejercicio, el
"grueso" se lo sigue llevando el tema de la ordenación del territorio.
Por este asunto se incoaron 199 diligencias, es decir, el 85 por ciento
del total.
"Éste es el delito más frecuente", ha aseverado el fiscal
coordinador, pese a que en su departamento también se encargan de otros
asuntos relacionados con la protección de la flora y la fauna; del
maltrato animal; del ruido y de los vertidos.
Al respecto, Baños ha indicado que en cuanto a la flora y fauna,
no suele ser un delito común en la provincia de Valencia, puesto que
aquí no hay osos, linces o muchas especies protegidas. De hecho, en 2011
Fiscalía tan solo abrió tres diligencias de investigación.
Asimismo, ha explicado que este pasado ejercicio no fue destacado
el delito de maltrato animal, puesto que no hubo, por ejemplo, peleas de
gallos, algo que sí tuvo repercusión en 2010. En este punto, ha
aclarado que para que exista maltrato animal "se requiere haber causado
la muerte o gravísimas lesiones al animal". En cuanto a ruidos y
vertidos, tampoco se incoaron casi diligencias en 2011.
El fiscal coordinador de Medio Ambiente también ha avanzado, en
declaraciones a Europa Press, que el pasado ejercicio volvieron a bajar
las denuncias de los ayuntamientos por construcciones ilegales en sus
municipios. Así, mientras que en 2010 un total de 27 consistorios
denunciaron algo, en 2011 solo lo hicieron 13.
En este sentido, ha indicado que el "problema" de los
ayuntamientos es que "denunciar significa denunciar a un vecino, y el
vecino vota". Así, considera que el "problema" de que los consistorios
tengan competencias en materias sensibles "es que se ven a veces contra
la espada y la pared".
"Y los ayuntamientos tienen muchísimas competencias
medioambientales", ha agregado. "Son competencias que han estado en sus
manos históricamente y que todavía siguen ahí". Baños ha puesto otro
ejemplo de este "peligro": "si la licencia para abrir un local le
corresponde al ayuntamiento, a éste le interesa que el local esté
abierto porque paga impuestos y una licencia de actividad. Y cerrar el
establecimiento es enemistarse con gente del pueblo, y cuanto más
pequeño es el pueblo, más se nota, es más complicado", ha dicho.
Baños ha explicado que cuando se detecta una construcción ilegal
en un suelo urbanizable, es decir, aquella realizada sin licencia, el
Ayuntamiento o, en algunos casos, la Conselleria, tiene que emitir un
expediente sancionador. Así, el ciudadano tiene que hacer frente a una
multa y, además, conseguir la licencia.
Esto es diferente cuando se trata de suelo no urbanizable. En este
caso, además de imponer una multa por no pedir la correspondiente
licencia, como es imposible que ésta sea concedida, se tiene que abrir
un expediente de restauración de la legalidad urbanística, cuya
consecuencia es la demolición.
Baños ha explicado que hasta el año 1995 ésta era la normativa.
Luego se introduce el delito urbanístico al ver que no se derribaba ni
un solo chalet porque los ayuntamientos "no lo ordenaban". Y en 2010 se
amplió el delito, con lo que cualquier construcción realizada en suelo
no urbanizable y que no fuera legalizable se consideraba delictiva. Y
hoy sigue siendo así.
Respecto a la demolición del bien, el fiscal ha señalado que si
viene en vía administrativa, es "obligatoria", pero no ocurre lo mismo
si el asunto va por vía penal, puesto que el Código Penal tan solo
recoge que los jueces o tribunales podrán ordenar la demolición. Y en la
práctica son muy reticentes a ordenarla porque la tipología del
delincuente urbanístico no es, en la mayoría de casos, un constructor o
un promotor, si no "personas que se han comprado un terreno rústico y
que se están haciendo un chalet", ha dicho.
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