VALENCIA.- El juzgado de Instrucción nº 3 de Valencia
se ha inhibido a favor de la Audiencia Nacional para que sea este
órgano el encargado de investigar a los anteriores consejeros y
directivos de Banco de Valencia por presuntas irregularidades en la
gestión, según consta en un auto con fecha de este miércoles.
El pasado 2 de julio, el juzgado de Valencia recibió una
petición de la Audiencia para que se inhibiera a su favor en este
asunto. Este paso se produjo después de que el Fondo de Reestructuración
y Ordenación Bancaria (FROB) denunciase a los exdirectivos de esta
entidad bancaria ante la Audiencia.
El juzgado de Valencia, que instruye la querella interpuesta
por la Asociación de Pequeños Accionistas del Banco de Valencia
(Apabankval) contra el consejo de administración de la entidad por dos
delitos societarios --uno de falsedad contable y otro de administración
desleal--, ha acordado aceptar la inhibición al entender que es la
Audiencia la competente para investigar este asunto.
En el procedimiento instruido en Valencia hay un total de 27
imputados, entre los que se encuentra el expresidente de Banco de
Valencia y expresidente de Bancaja, José Luis Olivas. En un principio,
el juez iba a tomarles declaración el 25 de abril, pero se suspendieron
tras solicitarlo el ministerio fiscal, quien consideraba que no se
disponía de suficiente documentación para comenzar con las
declaraciones.
Por este motivo, Fiscalía pidió al juzgado que recabase
documentación registral e informes a la entidad bancaria y a Banco de
España. También solicitó libros de actas de Banco de Valencia, informes
de las inspecciones realizadas por Banco de España a esta primera
entidad, créditos concedidos y operaciones de compra/venta de acciones o
de riesgo.
Esta misma documentación también fue requerida por Diego
Muñoz-Cobo, letrado de la asociación de pequeños accionistas, en la
querella que presentó en febrero con la adhesión de 137 accionistas que
representan el 1% del capital de Banco de Valencia.
Por su parte, el juzgado también pidió al FROB hace tres meses
un informe detallado sobre la gestión del Banco de Valencia, y le
preguntó por si consideraba que podía haber existido irregularidades o
incumplimiento de la normativa bancaria y mercantil en la gestión
desarrollada por anteriores administradores y directivos de la entidad.
Al respecto, el FROB remitió hace unas semanas un escrito al
juzgado en el que señalaba que las personas designadas por su organismo
para ejercer las funciones que le correspondían como administrador
provisional del Banco de Valencia, ante la existencia de indicios de
actuaciones "irregulares", solicitaron la elaboración de una
investigación "objetiva e independiente".
Esta investigación culminó --según expone en su escrito
remitido al juez-- en la elaboración de un informe pericial, en el que
se ponían de manifiesto actuaciones "que podrían ser constitutivas de
diversos delitos cuyo conocimiento correspondería a la Audiencia
Nacional, a la vista de la naturaleza, del número de posibles afectados,
de la condición de la entidad cotizada de Banco de Valencia y la
repercusión en la economía nacional".
Por este motivo, y ante el convencimiento del FROB de que las
circunstancias expuestas exigían la "inmediata" actuación de la
Audiencia, este organismo comentó al juzgado que consideraba
"ineludible" poner a disposición del juzgado Central de Instrucción de
la Audiencia el informe pericial practicado, mediante la presentación de
una denuncia en este organismo nacional.
El juzgado, tras recibir este informe del FROB, remitió un
oficio a las diferentes partes que integraban el procedimiento para,
entre otras cuestiones, preguntarles sobre la competencia para
investigar a Banco de Valencia, es decir, si el caso se debería quedar
en el juzgado de Valencia o instruirse en la Audiencia Nacional por el
tipo de delitos y la cantidad de personas afectadas. Tras pronunciarse
las partes, el juzgado ha acordado inhibirse a favor de la Audiencia.
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