VALENCIA.- La magistrada del Tribunal Superior de
Justicia de la Comunidad Valenciana, Pía Calderón, ha imputado al síndic
del PP en las Cortes y extitular de Solidaridad y Ciudadanía, Rafael
Blasco, en la conocida como 'causa de Cooperación' en la que se
investigan presuntas subvenciones irregulares a ONG por parte de la
extinta Consejería.
La instructora, en una providencia con
fecha de este lunes, ha citado a declarar a Blasco para el próximo 18 de
octubre a las 10.00 horas, con la advertencia de que deberá comparecer
asistido por abogado que le defienda. Blasco se apartó de sus funciones
como portavoz del PP en las Cortes de forma momentánea tras conocerse la
resolución de la juez de primera instancia, que investigaba esta causa
desde mayo de 2011.
La magistrada ha adoptado esta decisión una
vez examinada la exposición remitida por el juzgado de instrucción
nº 21 de Valencia y las diligencias de investigación realizadas, que
le llevaron a estimar la existencia de "sólidos indicios" de la
participación de Blasco en la comisión de hechos calificados
inicialmente como delitos de fraude de subvenciones, prevaricación,
cohecho, tráfico de influencias, malversación de caudales públicos y
falsedad documental.
El pasado 5 de septiembre la sala de lo Civil y Penal del Tribunal
Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana dictó un auto en el que
se declaró competente para seguir la investigación de la conocida como
'causa de cooperación', al estar vinculado en ella el portavoz del PP en
la Cámara y exconsejero de Solidaridad y Ciudadanía, Rafael Blasco,
quien como diputado autonómico mantiene la condición de aforado.
La titular del juzgado de instrucción nº 21 de Valencia, que había
investigado inicialmente estos hechos a raíz de una denuncia de la
Fiscalía de Delitos Económicos, decidió en junio elevar al TSJCV la
causa al considerar que en ella se desprendía la existencia de indicios
de hechos delictivos de los que podía ser responsable Rafael Blasco.
El juzgado de instrucción número 21 de Valencia investigaba presuntas
subvenciones irregulares a ONGs por parte de la extinta Consejería de
Solidaridad y Ciudadanía y, al considerar que había indicios para
imputar a Rafael Blasco, decidió elevarlo al TSJCV, competente para
investigar causas de aforados, un argumento que apoyó el fiscal.
En la exposición razonada elevada al TSJCV, la titular del juzgado
nº 21 de Valencia señalaba que había apreciado en el caso de Blasco
"sólidos indicios de participación delictiva en la actividad ilícita que
está siendo objeto de investigación", y consideraba que los hechos en
los que indiciariamente habría participado se podían calificar como
constitutivos de fraude de subvenciones del artículo 308 del Código
Penal; prevaricación del 404; cohecho del 419; tráfico de influencias
del 428; malversación de caudales públicos del 432 y falsedad documental
del 390.
En la instrucción del
juzgado número 21 se formaron siete piezas separadas y se pidió a la
Agencia Tributaria la designación por los servicios de Inspección de uno
o varios funcionarios para su adscripción a la investigación para
auxiliar a los policías de la Brigada de Blanqueo de Capitales.
Durante la instrucción en el juzgado que se hizo cargo en primera
instancia de la investigación se practicaron escuchas telefónicas que
obligaron a decretar el secreto de las actuaciones en distintos
momentos; informes periciales sobre el análisis de la legalidad de
expedientes de la Consejería de Solidaridad acerca de la adjudicación de
subvenciones; análisis de cuentas bancarias de ONGD; detención de
varias personas; testificales; entradas y registros y la certificación
de la condición de diputado autonómico de Blasco.
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