jueves, 16 de julio de 2020

El caso Zaplana seguirá en València en contra de lo que él pretendía


VALENCIA.- El caso Erial, en el que se investigan presuntos sobornos a cambio de adjudicaciones de las ITV y el Plan Eólico Valenciano, seguirá investigándose en València, mientras que el expresident de la Generalitat y exministro con el PP Eduardo Zaplana deberá seguir compareciendo periódicamente en el juzgado: "No acredita que no haga vida normal ni que no asista a eventos públicos de todo tipo como restaurantes, cafeterías o gimnasios".

Así se desprende de dos resoluciones dictadas, la primera, por la sección quinta de la Audiencia de Valencia, que desestima el recurso a la decisión de la jueza del caso de que se siguiera la investigación en València; y la segunda, que emana del propio juzgado, y desestima la petición de Zaplana de suprimir o reducir sus comparecencias ante el órgano competente.
Respecto a la resolución de la Audiencia, la defensa de Zaplana reclamó primero a la jueza que el procedimiento se remitiera a Madrid al considerar que los presuntos delitos por los que se investiga al expresident se cometieron en el extranjero, fuera del partido judicial de València. La instructora rechazó este argumento y ahora la Audiencia también lo desestima.
En la nueva resolución, el tribunal valenciano afirma, por un lado, que los investigados solo pueden plantear cuestión de competencia dentro de los tres primeros días del plazo concedido para calificar, estando vedado en fase de instrucción.
Asímismo, señala que ninguno de los hechos investigados queda dentro del catálogo de delitos cuya competencia viene atribuida a la Audiencia Nacional. Recuerda, además, que las acciones han sido realizadas "no ya solo en España, sino en y desde València", con independencia de que para asegurar los frutos de las "ilícitas" actuaciones, "se hubieran validado los investigados y las sociedades por ellos creadas de otras personas físicas y/o jurídicas ubicadas en el extranjero y manejaran cuentas de entidades bancarias de paraísos fiscales".
Por otro lado, la defensa de Zaplana también pidió recientemente al juzgado la supresión de las comparecencias o, alternativamente, una reducción, y fundamentó su petición en dos aspectos. El primero, recordaba que el juzgado ya se pronunció sobre la ausencia de riesgo de fuga o de ocultación de pruebas. Y el segundo, hacía referencia al coronavirus y al riesgo de contagio.
La jueza, tras estudiar la petición, la deniega. Tanto la de Zaplana como la del empresario Vicente Cotino, quien también reclamó esta posibilidad. Indica, sobre el coronavirus: "Nos encontramos ante una 'nueva normalidad' y ello supone la libertad de circulación con el resto del mundo. Todos trabajan, conviven con otras personas, salen a la calle, etc, no existiendo más riesgo que el que tendría cualquiera de los ciudadanos por ir a firmar el 'apud acta' acordado en una oficina que se encuentre en plena calle, sin aglomeración y al aire libre".
En esta línea, advierte: "Sin ninguna limitación de hacer una vida cotidiana y si ninguno de los solicitantes está sometido a 'encierro domiciliario por prescripción médica', tampoco existe inconveniente en que puedan seguir efectuando las comparecencias impuestas en su día".
Es más, apostilla: "No han variado las circunstancias que dieron lugar a la adopción de las medidas, ni tampoco han desaparecido los indicios de los delitos que se presume han cometido, por el contrario, cuando más se avanza en la instrucción, más se refuerzan".
Y se remite a la contestación del fiscal para concluir: "El escrito no concreta tampoco ni señala que la vida de Eduardo Zaplana haya dejado de ser normal; no indica que por prescripción médica no pueda salir a la calle o que no asista a eventos públicos de todo tipo como restaurantes, cafeterías o gimnasios; o tenga prohibido reunirse con personas o limitar sus movimientos; ni por supuesto existe ningún riesgo de aglomeraciones dado que las comparecencias semanales se realizan en la vía pública, en unas dependencias exteriores de la Ciudad de la Justicia, por cuanto ni siquiera tiene que acceder dentro de un recinto cerrado".

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