VALENCIA.- El Pleno del Consell ha aprobado un decreto
de la Conselleria de Justicia, Interior y Administración Pública por el
que se modifica, con carácter temporal, los trámites para que los
abogados y procuradores del Turno de Oficio puedan percibir sus
honorarios durante el estado de alarma decretado para evita la
propagación del Covid-19.
Con el decreto, la Conselleria de Justicia simplifica los trámites hasta que los tribunales vuelvan a la normalidad.
El Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita especifica que los
abogados y procuradores del Turno de Oficio deben acreditar, mediante un
sello de la instancia judicial donde se ha prestado, el servicio a fin
de poder cobrar sus honorarios. Este trámite recibe el nombre de
acreditación documental.
Ahora bien, dado que la incidencia de la COVID-19 ha provocado que
los tribunales valencianos no funcionen con normalidad y se ha limitado
la presencia de funcionarios a lo indispensable, se ha complicado el
cumplir con este precepto.
Por ese motivo, durante la vigencia del estado de alarma o de
cualquiera de sus prórrogas, no será necesario llevar a cabo el trámite
de acreditación documental mediante el sello del juzgado.
De esta forma, para que los profesionales del Turno de Oficio
puedan percibir sus honorarios, bastará con presentar una copia de la
resolución del órgano judicial del procedimiento donde han participado.
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