viernes, 31 de mayo de 2024

El TSJCV condena al Ayuntamiento de Benidorm a pagar 283 millones a propietarios de terrenos en la Serra Gelada

 

ALICANTE/BENIDORM.- La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha condenado al Ayuntamiento de Benidorm a abonar 283.055.750,12 euros, más los intereses legales, a propietarios de terrenos en el Sector APR-7 del parque natural de la Serra Gelada.

La Sala ha estimado así el recurso interpuesto por Murcia Puchades Expansión SL y Urban Villajoyosa 2000 SL, después de que el Juzgado de lo contencioso-administrativo nº 3 de Alicante desestimara su reclamación de reconocimiento de derechos y cumplimiento de convenio urbanístico, consistente en compensación por los aprovechamientos urbanísticos de los terrenos de su propiedad incluidos en el Sector APR-7 y cifrara la indemnización en 636.116,27 euros.

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 3 de Alicante falló a favor del Ayuntamiento de Benidorm al declarar nulos los convenios urbanísticos firmados en los años 2003, 2010 y 2013.

No obstante, tras el recurso la sentencia del TSJCV, apunta que la sentencia previa de un juzgado de Alicante "incurre en error de hecho, cuando afirma que los terrenos incluidos en el Área de Planeamiento Remitido (APR7) nunca han ostentado la condición de suelo urbano, error propiciado por un equívoco relato de los hechos, articulado por el Ayuntamiento con base en el informe emitido por el Arquitecto municipal".

Las fincas objeto del recurso tienen una superficie de 1.973.356,75 m2 una de ellas, de los cuales 386.144 m2 se encuentran incluidos en el ámbito del Sector APR-7; 76.455 m2 otra, incluidos en su totalidad en el Sector APR-7; y 31.815,75 m2 la tercera, incluidos en su totalidad en el Sector APR-7.

La Sala apunta que dichas fincas "recaen en la zonificación establecida por el PGOU de 1963 como 'especial', 'X' e 'Y' y añade que la configuración de un Área de planeamiento remitido por el PGOU de 1990 "no ha entrado en vigor", ya que fue suspendida por la Generalitat en su momento, por lo que se encuentra "en fase de exposición pública de evaluación ambiental como suelo no urbanizable de especial protección".

Por tanto, "permaneció la clasificación urbano que tenía atribuida por el PGOU de 1963". 

"Es por ello que, a nivel del planeamiento municipal, tales suelos permanecen clasificados como urbanos, en la actualidad", precisa la sentencia.

Tras conocerse la sentencia, que no es firme y es susceptible de recurso de casación ante la Sala 3ª del Tribunal Supremo o ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del TSJCV, el alcalde de Benidorm, Toni Pérez, ha anunciado que el Ayuntamiento presentará un recurso de casación.

En concreto, ha avanzado que, en primer lugar, los servicios jurídicos municipales van a solicitar al TSJ una aclaración de la sentencia, para lo cual hay un plazo de dos días hábiles a contar a partir de este jueves, cuando se ha notificado a efectos legales. El siguiente paso será la interposición de un recurso de casación, con el objetivo de "seguir defendiendo el interés general", según ha indicado el consistorio en un comunicado.

En su comparecencia, Pérez ha lanzado "un mensaje de tranquilidad" a la ciudadanía. "Aquí hay un gobierno muy responsable, muy eficaz y que trabaja y se deja la piel en la defensa del interés general de los benidormenses, como vamos a seguir haciendo, desde el máximo respeto siempre a la Justicia", ha sostenido.

Además, ha resaltado que, hasta ahora, todas las sentencias y pronunciamientos jurídicos "habían ido en el camino de dar la razón a la postura que ha mantenido el Ayuntamiento" y ha expresado su "convicción de que esto no tiene espacio para la política, sino para la gestión, para defender el modelo Benidorm y seguir apostando por proteger el territorio y también el planeta".

Pérez ha reconocido que la sentencia "supone un claro revés" para el municipio tanto en lo jurídico como en lo económico. "Pero vamos a trabajar por defender y por recuperar la razón que hasta ahora siempre nos habían dado los tribunales", ha sostenido.

Sobre el alcance económico del fallo, Pérez ha destacado que esta indemnización, más sus intereses legales, se corresponderían "prácticamente con tres presupuestos municipales completos" y ha añadido que no conoce "ninguna otra sentencia que pueda infringir un golpe así a un ayuntamiento, a pesar de tratarse de una cuestión que no afecta solo al ámbito municipal".

"Estamos hablando de un suelo que forma parte de un Parque Natural y que, impidiendo la construcción, ofrecemos como espacio verde y protegido a tantos y tantos millones de personas que vienen aquí para ser felices. A lo mejor tiene que ser una cuestión de Estado, al igual que muchas administraciones que adquieren muchísimo suelo en muchísimos sitios para hacer cosas", ha recalcado.

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