VALENCIA.- La jueza de Catarroja que investiga la gestión de la dana sostiene, en la exposición razonada remitida al Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) en la que pide que se investigue al 'expresident' de la Generalitat Carlos Mazón, que sobre las 17:20 horas, en el Cecopi reunido de forma tardía, ya se expuso un mensaje Es-Alert por el subdirector de Emergencias, Jorge Suárez, que hubiera sido "plenamente efectivo" para salvar vidas, en una emergencia en la que las muertes eran "evitables".
En ese mensaje se aconsejaba subir a pisos altos, "lo que daba idea de hasta dónde podía llegar el agua, cuanto menos dos metros, y por ende, bajar a los garajes o permanecer en plantas bajas era un riesgo clarísimo que había de excluirse".
Así lo
señala en el escrito en el que la jueza
cita, uno a uno, los nombres de las 230 víctimas mortales --más otra
posible en estudio-- y detalla la forma en la que murieron.
A
juicio de la instructora, la falta de adopción de medidas destinadas a
alertar y proteger a la población fue el elemento determinante de la
mortalidad en la dana.
Para la magistrada, la exconsellera de
Justicia e Interior investigada en la causa, Salomé Pradas, estaba
informada por cargos de emrgencias sobre el riesgo del barranco, que
escribió como del Pollo (sic) en sus notas, de la alerta hidrológica,
del riesgo en el Magro y de la posibilidad de hacer uso de los "bomberos
forestales".
"No solo se le alertó sobre el riesgo, sino
sobre el hecho de que las lluvias que se producían en la cabecera de los
barrancos, habrían de bajar irremediablemente atravesando la provincia
de Valencia hasta el litoral valenciano", señala en la exposición.
Así, considera que la afirmación de que se desconocía el riesgo del
Poyo en el momento del envío de la alerta a las 20:11 horas la desmiente
el testimonio del jefe de Análisis del Riesgo de Emergencias, quien
declaró que, tras prepararse inicialmente el mensaje por la Ribera Alta,
lo que correspondería a la presa de Forata, se preparó uno "para toda la
provincia".
Al respecto, subraya que, cuando se discutían
cuestiones como confinar o no, las comarcas a las que debía de afectar
ese supuesto confinamiento, "concepto malentendido dado que de lo que se
trataba simplemente un aviso de salvaguarda en las múltiples
posibilidades de carácter lógico ante el avance del agua, ya habían
fallecido con toda seguridad más de un centenar de personas y se
aproximaba a cerca de los 200".
"En una incomprensible disquisición jurídica y otra de menor
duración, en este caso lingüística, no se adoptaron dichas medidas con
la prontitud necesaria. Resulta incomprensible, porque ante una
situación de riesgo extremo, como la que se estaba desarrollando, se
perdía el tiempo buscando asesoramiento jurídico para decidir si la
actuación estaba amparada por la Ley, se supone que ante el temor de
violar algún derecho fundamental que esta Juez todavía no ha llegado a
discernir", agrega, para añadir que llegó a haber consultas en este
sentido a la Abogacía a la Generalitat.
A su juicio, "resulta
obvio que la adopción de medidas implicaba recomendaciones, órdenes a
la población, a personas concretas, pero dada la naturaleza de la dana,
del riesgo que se pretendía evitar, su vigencia temporal era escasísima,
la restricción de la libertad de los ciudadanos era nula, y el
beneficio para los afectados hubiera sido altísimo, si se enviaba con
prontitud y con un contenido certero".
En este sentido, la
instructora apunta que la existencia del ES-Alert no se le reveló a
Pradas por un técnico a las 20:00 horas, como ella afirmó en un
principio, "sino que estaba sobre la mesa del Cecopi desde las 17:20
horas", y era un medio "plenamente operativo", hasta el punto de que se
envió uno a las 20:11 y otro a las 21:27 horas.
"No requería de ningún
tipo de validación estatal ni autorización", agrega, y subraya que la
ejecución del primer envío "tardó solo 2:36 segundos".
La
jueza detalla todo el proceso en este envío hasta que se lanzó a las
20:11 con el mensaje de 'Suspensión de viajes y movilidad innecesarias
Alerta de Protección Civil Por las fuertes lluvias y como medida
preventiva se debe evitar cualquier tipo de desplazamiento en la
provincia de Valencia. Estén atentos a futuros avisos a través de este
canal y fuentes oficiales, en X@GVA112 y en Apunt'.
En esta
línea, rechaza que fuera una cuestión de los técnicos, como ha
argumentado Pradas, porque en una de las grabaciones se muestra a la
exconsellera "que efectivamente incidía cuanto menos en parte del
contenido del mensaje" y existe otra en la que, ya con Mazón en el
Cecopi, ella señala: "antes de enviar el siguiente mensaje lo quiero
ver".
"No se limitaba a ser un mero testigo del envío del
mensaje, sino que se muestra una voluntad de controlar", además de que
el mismo funcionario aseguró en su declaración que la exconsellera
"acudió con un papel en el que se incluía el texto de la alerta, al
objeto de que lo transcribiera, manifestándole que hasta que no lo viera
no se se mandaba".
"El testigo declaró que estuvieron de brazos
cruzados hasta que se dio la orden de enviar la alerta", indica.
Para la instructora, en este proceso "se esperó hasta casi tres
horas, desde que se habló en el Cecopi del envío del mensaje hasta que
se materializó".
Y respecto al papel de
Mazón, sostiene que existen elementos probatorios que mostrarían que su
"exclusión voluntaria" de las funciones propias de la Presidencia de la
Generalitat "tuvo una repercusión decisiva en el resultado mortal y
lesivo".
"Una omisión equiparable a la acción, en los fallecimientos y
en las lesiones", concluye.
La magistrada hace un repaso de la
lista de llamadas que Mazón dice haber mantenido en esa tarde, según el
listado que él mismo hizo público, con una primera comunicación con
Pradas a las 17:37 horas, tres horas después de entrar al restaurante,
un periodo en el que "no consta que se efectuara ninguna llamada dando
instrucciones, coordinando, preguntando, si se había convocado el
Cecopi".
En todo caso, la
instructora sostiene que en el proceso de decisión en el envío del
ES-Alert, "en su contenido existe indicios de una eventual
participación" de Mazón por un "triple motivo": la condición de
secretario autonómico y jefe de gabinete de José Manuel Cuenca, que
convierte sus mensajes con la exconsellera "no en meras opiniones o en
consejos, sino en órdenes"; la "estrecha relación personal" que une a
ambos y que la expresión 'De confinar nada, Salo', que le envió por
WhatsApp el jefe de gabinete a Pradas "posee un carácter claramente
imperativo" y en el que rechazaba "frontalmente" la parte del ES-Alert
sobre esta cuestión.
La magistrada transcribe el contenido
íntegro de ese intercambio de mensajes de Pradas y Cuenca, que van
precedidos de una llamada a las 18:26 horas y de una comunicación a las
17:01 horas en la que ella le manifiesta su "preocupación" por que hay
unas 100 personas afectadas en Utiel para rescatar.
"Estos
mensajes sobre las 17:01 y las 17:17 ponen de manifiesto la situación en
Utiel y termina diciendo que la UME no ha podido acceder con sus
helicópteros. En buena lógica, teniendo en cuenta la estrechísima
relación que vinculaba al President, su condición de Jefe de Gabinete,
hubo de transmitir dicha circunstancia al President", sostiene la
magistrada para la que, a partir de ese momento, "se produce una
conversación, que a cualquiera que la lea partiendo de un análisis
objetivo ha de entender que se daban órdenes concretas".
"Flagrante falta de coordinación" entre consellerias el 29-O y ausencia de órdenes de Justicia"
La jueza de Catarroja señala en la exposición razonada contra Carlos Mazón que eleva ante el
Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) una
"flagrante falta de coordinación y cooperación entre las distintas
consellerías y específicamente la ausencia de cualquier orden" por parte
de la de Justicia e Interior, dirigida por la investigada Salomé
Pradas.
Así lo indica en el escrito de exposición en el que
realiza un análisis con las distintas Consellerias que pudieran verse
afectadas y qué medidas se habían adoptado y en el que señala que el
departamento de Justicia e Interior no remitió a ninguna de ellas "ni
orden, ni comunicación en relación con una emergencia de dicho calado",
según las contestaciones recibidas de las distintas administraciones.
En el caso de la Conselleria de Educación, Cultura y Universidades,
señala que "no consta la recepción de solicitud de cooperación,
solicitud de adopción de medidas ni comunicación alguna procedente de
los órganos mencionados en relación con los hechos indicados, ni, en
consecuencia la emisión de ninguna respuesta".
En parecidos
términos indica que se pronunció la Conselleria de Agricultura, Agua,
Ganadería y Pesca, en la que, por parte del subsecretario, se comunicó
que no constaba recibida solicitud de cooperación ni de adopción de
medidas de protección a los ciudadanos por la dana.
Sobre la
Conselleria de Medio Ambiente, apunta que se aprecia igualmente "una
falta de coordinación, ausencia de directrices respecto de la remisión
de medios humanos destinados al control de los barrancos y su control
permanente".
De igual modo, señala que
en la Conselleria de Servicios Sociales, de la cual dependía la
teleasistencia, no consta que recibiera tampoco órdenes específicas
sobre la emergencia.
"En este caso, la consellera asistió
telemáticamente a parte de la reunión (del Cecopi), la abandonó para
asistir a una entrega de premios y fue sustituida por un cargo de su
propia Conselleria", indica la jueza, para quien la comunicación previa a
personas tan vulnerables como las usuarias de teleasistencia que
fallecieron el 29 de octubre de 2024, "es obvio que falló".
"Nadie les alertó. El hecho de que se califique como teleasistencia no
impide en modo alguno que se les llamara para alertar. La comunicación
es bidireccional. No sólo está prevista para recibir llamadas de auxilio
y ayuda", apunta, y añade que "una oportuna gestión y coordinación
permite ponerse en contacto con los usuarios para alertarlos. Que no se
llevara a cabo es una cuestión distinta".
A juicio de la
magistrada, esa "falta de de coordinación y cooperación" y
"específicamente la ausencia de cualquier orden" por parte de la
Conselleria de Justicia e Interior al resto "implica por las funciones
propias del presidente de la Generalitat valenciana" a Carlos Mazón
porque la emergencia "exigía la puesta disposición de todos los órganos
de la administración".
La jueza argumenta que es "sumamente
contradictorio" las afirmaciones "reiteradas y también injustificadas de
falta de colaboración, auxilio e información que se atribuye a órganos
externos de la propia Generalitat Valenciana, administración autonómica
que tenía encomendada la gestión de la emergencia, y sin embargo obviar
que la coordinación, la emisión de directrices u órdenes concretas
fueran completamente inexistentes con consejerías con tanta relevancia
como la de Agricultura y la de Educación y la que tenía encomendada los
Servicios Sociales al objeto de adoptar medidas de precaución".
En el caso de Educación, sostiene que es "de especial relevancia", por
los desplazamientos de menores, el caso de de los progenitores de los
alumnos, e incluso del profesorado. Como ejemplo de la no suspensión de
las clases, cita los casos del director del IES de Chetes y de un niño y
sus padres --fallecidos al recogerle del colegio-- entre las víctimas
que dejaron las riadas.
"Esto es especialmente significativo
si atendemos a otros órganos educativos que sí que se adoptaron las
medidas precisas. La conocida suspensión de clases adoptadas por la
Universitat de Valencia", subraya la magistrada, quien destaca "esa
ausencia, esa pasividad en la adopción de medidas de coordinación, la
falta de interacción con los cargos autonómicos del presidente de la
Generalitat, ante una situación de extrema gravedad optó por recluirse
en el reservado de un restaurante, convertido en una oficina en la que
le llevaron para firmar incluso algunos papeles, pero que no sirvió de
centro de directivo".

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