VALENCIA.- La sección quinta de la Audiencia Provincial
de Valencia ha confirmado el auto de procesamiento del exsecretario
general de Radio Televisión Valenciana (RTVV) Vicente Sanz, por un
supuesto delito de abuso sexual en el trabajo contra tres empleadas del
ente público, al considerar que la procedencia de esa resolución
judicial es "incuestionable".
En un auto fechado el 28 de noviembre contra el que no cabe
recurso, la Audiencia desestima el
recurso de revocación del auto de procesamiento interpuesto por Sanz,
que alegaba que se encontraba a la espera de la práctica de determinadas
diligencias. Dicho auto fue dictado en junio de 2011 por el juzgado de
instrucción nº 1 de Paterna y parcialmente modificado en
febrero de 2012, cuando se sumó al presunto delito de abuso sexual, a
petición de las denunciantes, los de acoso y amenazas.
Ahora, la Audiencia confirma esa decisión y recuerda que, según
contempla la ley, el procesamiento de una persona se realiza "desde que
resulte del sumario algún indicio de criminalidad".
"El auto de
procesamiento, por tanto, es una resolución atributiva al procesado de
un determinado status como parte procesal, que formaliza contra el mismo
interinamente una imputación suficiente para justificar la adopción de
medidas cautelares dentro del proceso y para poder determinar
posteriormente el tribunal (...) la presencia o no del reproche de
culpabilidad", argumenta.
Este órgano judicial entiende además que el auto recurrido por
Sanz "se dicta sobre los pilares mínimos" y "sobre las base de la
valoración de las diligencias practicadas" --entre las que cita
"declaraciones de las víctimas y testigos y del propio procesado",
pruebas periciales, vídeo y contenido de teléfonos móviles-- "y que
apuntan, a los efectos de dicho auto, a que el imputado se habría
servido del cargo que ocupaba en el ente de RTVV para obligar a varias
empleadas a mantener contactos sexuales inconsentidos, a los que
condicionaba su permanencia en el puesto de trabajo".
"La procedencia del auto de procesamiento, por tanto, es
incuestionable", asevera la Audiencia, que añade, respecto a la
"preocupación" expresada en el recurso de Sanz, que su existencia "no
impide que se continúen practicando diligencias, ni que tras ellas, se
pueda rectificar total o parcialmente el mismo".
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