MADRID.- La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial ha
aprobado este martes una medida de apoyo para reforzar el Juzgado de
Primera Instancia e Instrucción nº 3 de Catarroja --que investiga los hechos del 29 de octubre-- consistente en una
comisión de servicio con relevación de funciones a favor de una
magistrada que asumirá el funcionamiento ordinario del órgano judicial.
De este modo, la titular podrá encargarse exclusivamente de la
tramitación de las diligencias previas 692/2024, que se siguen por la
gestión de la dana del pasado 29 de octubre.
La medida de refuerzo fue solicitada el pasado 26 de febrero por la
Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat
Valenciana y durante su tramitación el Consejo General del Poder
Judicial ha recabado el informe del Servicio de Inspección, que lo ha
emitido con carácter favorable señalando que el Juzgado ha registrado
una carga de trabajo del 177% en 2022, del 129% en 2023 y del 143% en
2024.
Además, tal y como establece la ley, se solicitó la autorización
económica previa del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones
con las Cortes, que ha sido concedida.
La medida de apoyo se extenderá inicialmente hasta el próximo 30 de
junio, periodo durante el que la titular del Juzgado se encargará
exclusivamente de la tramitación de las DP 692/2024 y del servicio de
guardia, mientras que la comisionada --actualmente destinada en el
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Ontinyent--
asumirá el funcionamiento ordinario del órgano judicial.
En el supuesto de que se considere precisa la renovación de la medida
a su finalización, el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad
Valenciana deberá remitir al CGPJ la correspondiente propuesta con una antelación de al menos cuarenta días respecto de la fecha de vencimiento.
El artículo 216 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial atribuye al
Consejo General del Poder Judicial la competencia sobre los refuerzos
en la titularidad de los órganos judiciales y señala que este órgano
«podrá acordar excepcionales medidas de apoyo judicial consistentes en
la adscripción de jueces y magistrados titulares de otros órganos
judiciales mediante el otorgamiento de comisiones de servicio».
En su apartado quinto, el mismo precepto añade que «la aprobación por
parte del Consejo General del Poder Judicial de cualquier medida de
apoyo precisará la previa aprobación del Ministerio de Justicia quien
únicamente podrá oponerse por razones de disponibilidad presupuestaria».
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