VALENCIA.- La jueza de Catarroja que instruye la causa por la gestión de
la dana considera que "llama poderosamente la atención" que, "ante un
proceso meteorológico de tanta gravedad, anunciado por los medios", la
responsable de Carreteras de la Diputació de València, Reme Mazzolari,
no contactara con el presidente de la corporación provincial o no
supiera qué era el Cecopi.
La magistrada de la Sección Civil y
de Instrucción del Tribunal de Instancia de Catarroja Plaza nº3 ha
dictado un auto en el que rechaza la práctica de diversas diligencias
solicitadas por dos acusaciones, una de ellas la que ejerce Ciudadanos,
para comprobar la veracidad del testimonio que Mazzolari ofreció en su
comparecencia como testigo.
Cabe recordar que la
vicepresidenta segunda de la corporación provincial y responsable del
área de Carreteras afirmó ante la jueza que investiga la gestión de la
catastrófica dana del 29 de octubre de 2024 que tiene dos teléfonos
móviles --el personal y el de la Diputación-- y que no recibió ninguna
llamada de la alcaldesa de Chiva, Amparo Fort, el día de la
riada a las 15.30 horas, tal y como esta última sí manifestó, y que no
sabía por qué lo había dicho porque "no es verdad".
Además, accedió a
que se pudieran cotejar los datos de sus llamadas telefónicas.
En su resolución, facilitada este viernes por el Tribunal Superior de
Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), la jueza hace notar que la
declaración de la testigo corresponde a una versión plasmada por muchos
cargos en los que se alega un desconocimiento de lo sucedido, pero "como
es sabido, la posible deducción de testimonio por un delito de falso
testimonio, por incoherencias o graves contradicciones, incluso por
respuestas evasivas continuadas, aunque se trate de elementos
perfectamente acreditados, no es factible en este momento procesal"
puesto que se requiere la finalización del proceso.
La
instructora expone que, "ciertamente que, ante un proceso meteorológico
de tanta gravedad, anunciado por los medios, la responsable de las
carreteras no contactara, sobre dicho extremo, con el presidente de la
Diputación, su superior, o no supiera qué era el Cecopi, llama
poderosamente la atención".
"O que no supiera que la UME
hubiera sido desplegada a mediodía para la comarca de Utiel-Requena,
teniendo en cuenta que afirmó que estuvo teletrabajando y que el
director general responsable de carreteras de la Diputación reportaba
informes al Cegesem", apostilla.
"Es una versión del
desconocimiento de lo sucedido que contradice el testimonio de la
alcaldesa de Chiva. No se puede atribuir ningún móvil espurio a Amparo
Fort cuando afirmó que se comunicó cerca de las 15:30 h con María del Remedio M., que le preguntó por el barranco y que le dijo que la UME iba
hacia Utiel- Requena.
Amparo Fort se refirió a la vicepresidenta 2ª de
la Diputación, en su declaración testifical, como 'María del Remedio
Mazzolari', y en el audio de WhatsApp aportado por esta última y que le
fue remitido por Amparo Fort, la exalcaldesa de Chiva se dirigía a ella
como 'Reme' y a continuación le relata la situación angustiosa que
estaba viviendo en Chiva".
Independientemente de esto, advierte que "no basta la atribución de una
infracción administrativa, si no viene acompañada de una posición de
garante que la testigo no ostentaba durante la gestión de la emergencia,
posición de garante que ha de partir de la normativa autonómica de
protección civil y las diferentes fases del plan especial de
inundaciones".
"Se aventura por la acusación particular una
posible responsabilidad penal y se anuncia la eventualidad de plantear
careos derivados de contradicciones. En este sentido ha de tenerse en
cuenta que la declaración como testigo de Remedios Mazzolari no fue
recurrida, las funciones que le corresponden son de conocimiento público
y constituyen el núcleo de la inactividad que se le atribuye",
argumenta.
Por otra parte, la jueza ha dictado también una
providencia por la que se acuerda, entre otras cosas, el cotejo de
comunicaciones de Whatsapp entre un responsable de la Aemet y tres
socios de Avamet.
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