VALENCIA.- Eduardo Zaplano ha pedido al Juzgado
de Instrucción nº 8 de València que remita el caso Erial, en el que
está imputado, a la Audiencia Nacional al entender que los presuntos
delitos se cometieron en el extranjero, fuera del partido judicial de
València, con lo que habría perdido la competencia para investigarlos.
Así
se desprende del escrito que ha
remitido el abogado de Zaplana al juzgado que investiga presuntos
sobornos a cambio de adjudicaciones de las ITV y el Plan Eólico
Valenciano en una causa en la que está imputado su cliente por presuntos delitos de blanqueo, malversación y prevaricación.
Fue un juzgado valenciano el que comenzó a investigar
este asunto puesto que partió de unos documentos hallados en el despacho
del letrado del exgerente de Imelsa Marcos Benavent dentro del caso
Imelsa.
Sin embargo, según expone el letrado, ahora la
competencia para investigar los hechos habría cambiado puesto que, tal y
como mantiene la Guardia Civil y la Fiscalía Anticorrupción, la
actividad supuestamente ilícita se habría registrado en el extranjero,
más concretamente en Luxemburgo, Suiza o Andorra, lugares en los que se
produjeron pagos y sobornos, según los informes que obran en el
procedimiento como resultado de las comisiones rogatorias.
Como
ejemplo, en su escrito, el letrado de Zaplana, quien reitera que esta
solicitud no significa de ninguna manera que asuman los hechos
imputados, alude a que la Guardia civil también se refiere a productos
bancarios establecidos en el Principado de Andorra, a sociedades
radicadas en Panamá, en Holanda, Dubai y a sociedades uruguayas
"controladas todas ellas por Fernando Belhot -asesor financiero o
fiduciario en Uruguay de Zaplana- o personas con él relacionadas desde
este último país", se indica.
Desde estas sociedades,
continúa el escrito, se emitieron transferencias a distintos lugares,
particularmente a Uruguay, Hong Kong, Panamá o Andorra, "si bien ninguna
de éstas tenían como beneficiario a Zaplana". Como consecuencia, el
supuesto delito de cohecho se habría cometido en Luxemburgo.
Por su
parte, indica que los actos de transmisión, conversión u ocultación de
las dádivas obtenidas y que, en su caso, constituirán un delito de
blanqueo de capitales, "también se habrían cometido en el extranjero".
"Lo
que resulta evidente --se expone en el escrito-- es que ninguno de los
hechos objeto de presente causa y recogidos en los informes policiales,
escritos del ministerio fiscal o resoluciones judiciales se habría
cometido en el partido judicial de Valencia, de donde resulta la falta
de competencia de éste".
Así, estiman que el órgano competente para
encargarse de la investigación, según la Ley Orgánica del Poder
Judicial, es la Audiencia Nacional.
El letrado aclara
en su escrito que esta pretensión de inhibición de la investigación no
significa que comparta las valoraciones realizadas por la instructora
sobre el resultado de las diligencias practicadas. "Antes al contrario",
afirma, y expone la "inexistencia" de vinculación directa o directa de
su representado con actividad ilícita alguna.
Al
respecto, advierte de que los investigadores han recurrido a dos
elementos incriminatorios "inaceptables" desde un punto de vista lógico y
procesal: la declaración de Belhot y la coincidencia de determinadas
anotaciones en las agendas de Zaplana con algunos hitos de las
operaciones investigadas.
Sobre el primer punto, el
abogado alude a falta de validez de su declaración, "obtenida en virtud
de un acuerdo entre el declarante y el fiscal contrario a la ley".
Además, subraya su falsedad.
Agendas de Zaplana
Por
lo que se refiere a la coincidencia de algunas citas señaladas en la
agenda de Zaplana "en un marco temporal que abarca más de 20 años" con
determinadas operaciones objeto de la investigación, "no parece serio,
ni siquiera a nivel indiciario, extraer conclusiones", asevera el
letrado.
En esta línea, afirma que un simple repaso a
las agendas de Zaplana muestra que raro era el día en el que no tenía
dos, tres o incluso más reuniones, muchas de ellas con sus amigos "y
ahora, quizá por eso, imputados en la causa".
Con este criterio, a
Zaplana y a sus amigos -según el mismo escrito- se les podría imputar
casi cualquier delito que, dentro de un marco temporal de más de 20
años, "les pareciera oportuno o les viniera bien a los investigadores,
por el mero hecho de que días antes o días después tuvieran una reunión,
paseo, comida, encuentro o llamada entre ellos".
"Eso
sí, la ausencia de citas o reuniones con otros investigados o
coincidentes con supuestas operaciones ilícitas no opera para la fuerza
actuante como contraindicio en favor de Zaplana, vulnerando abiertamente
lo dispuesto en la ley".
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