VALENCIA.- El titular del juzgado de Instrucción nº 15 de Valencia, encargado de investigar un agujero económico de 25 millones de euros en la gestión de la depuradora de Pinedo, ha acordado imputar en el procedimiento al exgerente de la Entidad Pública de Saneamiento de Aguas Residuales (Epsar), José Juan Morenilla, y al jefe de explotaciones de la entidad, Ignacio Bernácer, al hallar indicios de criminalidad.
Según consta en un auto, con fecha de este lunes, el magistrado ordena llamar a declarar como imputados a Morenilla y Bernácer, tras solicitarlo todas las partes acusadoras personadas en estas diligencias --ministerio fiscal, Emshi, abogado del Estado, abogado de la Generalitat y la acusación popular (PSPV)-- y, asimismo, el juez pide que se investigue el patrimonio de ambos. Morenilla ostentó durante todo el periodo objeto de investigación (2004 a 2008) uno de los cargos de máxima responsabilidad dentro del organigrama funcional de la Epsar; mientras que también, aunque en un escalón inferior, Bernácer ha ejercido y ejerce las funciones de jefe del Departamento de Explotaciones del ente público.
El juez ha adoptado esta medida basándose, en parte, en las declaraciones vertidas en la fase de instrucción por el ex director financiero de Emarsa, Enrique Arnal; por el ex informático Sebastián García, conocido como 'Chanin'; y por el exgerente, Esteban Cuesta. En concreto, el primero de ellos declaró que era "evidente" que "solamente los señores Morenilla, Bernácer y Crespo --Enrique Crespo--, disponían de los medios necesarios para organizar la trama Emarsa y enriquecerse de forma desmedida".
Por su parte, 'Chanin' indicó que tenía conocimiento, por palabras del propio Esteban Cuesta, que existía un "fraude organizado" por Crespo, Morenilla y Bernácer, "que consistía en sobrevalorar el precio del lodo". Asimismo, Cuesta señaló que una de las pocas veces que vio a Roca --Jorge Ignacio Roca, empresario que se halla en paradero desconocido-- le entregó cuatro tarjetas de Servired a su nombre para que sacara dinero con ellas para Morenilla y para él hasta completar la cantidad de 60.000 euros --30.000 euros para cada uno--.
Asimismo, para imputar a Morenilla y a Bernácer, el magistrado ha tenido en cuenta los apuntes aportados por las acusaciones. En concreto, la acción popular apuntaba "irregularidades" en la constitución de las reuniones de la Comisión de Seguimiento del convenio de 2004, coincidentes en el tiempo con el periodo objeto de la investigación.
Además, esta parte apuntaba que tanto Bernácer como Morenilla tuvieron una participación "directa" en la aprobación del presupuesto de financiación, que existían "irregularidades" en esta aprobación, y que se acordó la aprobación desde el "incumplimiento consciente" de las exigencias y garantías establecidas en el mismo convenio. La acción popular también puso de relieve la diferencia entre el precio de la gestión de lodos conforme a lo dicho por la empresa que realizaba el trabajo y la diferencia con el precio finalmente acordado entre Epsar y Emarsa.
Junto a ello, el magistrado también ha tenido en cuenta las alegaciones formuladas por el abogado de la Generalitat, quien destacó que el Informe de la Agencia Tributaria de Barcelona ponía de relieve que determinadas empresas que tenían como elemento integrador a Jorge Roca facturaban a Emarsa a razón de 42 euros la tonelada, mientras que Adobs facturaba a 18 euros/tonelada a las empresas de Roca, "sin que exista la menor justificación para que exista tales diferencias de precios". Esta parte alegaba que existen indicios de que con los fondos obtenidos a través de esa diferencia de precios, se enriquecieron algunas personas.
Por otro lado, el juez ha acordado no conceder a Bernácer y a Morenilla las licencias solicitadas para querellarse por un delito de calumnias contra Enrique Arnal, Cuesta y 'Chanin', al no apreciar que en las declaraciones de estos últimos se cometiera tal delito, y porque cree que ninguno de ellos actuó con conocimiento de la falsedad de la imputación o temerario desprecio a la verdad.
Asimismo, el magistrado ordena incorporar a la causa la denuncia interpuesta por el PSPV en la Fiscalía Provincial de Valencia contra Morenilla, por posible desvío de fondos de la entidad y presunto enriquecimiento ilícito. La fiscal decidió remitirla al juzgado con el objeto de que la uniera a las investigaciones que está practicando. El juez aplazó esta decisión hasta determinar si le imputaba en el procedimiento, y como ya lo ha hecho, ha decidido incorporar la denuncia.
En otras resoluciones, el magistrado ordena embargar a José Luis Sena, proveedor de Emarsa, diversos bienes para cubrir la fianza impuesta contra él, que asciende a 5.700.000 euros. En concreto, acuerda embargarle los saldos de tres cuentas bancarias; dos vehículos tractocamión y una motocicleta; sus participaciones (12,03%) en la entidad Inversiones Gena Gimeno S.L.; sus participaciones (33,33%) en Notec S.L.; el 50,62% de sus acciones en Ingeniería Sena Gimeno S.L.; y la parte legal que corresponda del sueldo que percibe de Ingeniería Sena Gimeno en su condición de trabajador.
Asimismo, el magistrado, Vicente Ríos, vuelve a citar a Juan Carlos Gimeno --exconcejal del Ayuntamiento de Valencia-- para el próximo día 27 de abril, a las 9.30 horas.
En una última resolución, el juez desestima el recurso interpuesto por el abogado de Esteban Cuesta contra el auto de fianza dictado el 30 de enero de 2012. Al respecto indica que la existencia de dos procedimientos, uno destinado a dirimir la posible existencia de una responsabilidad contable, y otro dirigido a determinar si los hechos pudieran ser constitutivos de delito o falta, "no supone infracción jurídica alguna que motive la estimación del recurso interpuesto", dice.
En cuanto a la improcedencia de la cuantía, motivo que también se alega en el recurso, el juez recuerda que existen indicios "racionales" de que las personas que desde 2006 al 2009 tenían encomendada la función de administración y gestión de Emarsa, entre quienes figuraba Esteban Cuesta, "fueron coautores de cuatro delitos contra la Hacienda Pública, un delito contable y un delito continuado de falsedad en documento mercantil".
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