lunes, 22 de abril de 2024

Un juzgado ve "discriminación laboral" de la UV en la retribución al profesorado asociado


VALENCIA.- El Juzgado de lo Social nº 18 de Valencia ve que existe «discriminación laboral» de la Universitat de València en la retribución al profesorado asociado por vulneración del derecho fundamental a la no discriminación e igualdad, y ha condenado a la institución académica a se les aplique en su sueldo, en proporción al contrato parcial que tienen, «la misma retribución que perciben los profesores universitarios a jornada completa».

La sentencia, del pasado 17 de abril y que puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), condena además a la UV a abonar a cada uno de los profesores que en su día presentaron la demanda --hace tres años-- la cantidad de 1.000 euros por el concepto de indemnización por daños morales frente a los 3.000 que reclamaban en su petición.

Desde la institución académica han apuntado que están a la espera de recibir la notificación de la sentencia para estudiarla y, a partir de ahí, adoptar las decisiones correspondientes.

Según ha informado la Plataforma PDI Precarietat en un comunicado, profesores asociados interpusieron hace tres años una demanda contra la UV en materia de tutela de derechos fundamentales y libertades públicas por discriminación salarial y en el cómputo de la jornada laboral parcial, ya que se trata de docentes contratados a tiempo parcial.

De acuerdo con la plataforma, esta es la primera vez que una sentencia reconoce que la jornada laboral y las tareas que realiza el profesorado asociado «no se limitan a impartir docencia y ya está, sino que, como cualquier profesor de la universidad, prepara clases, elabora materiales docentes, corrige exámenes y realiza una evaluación continua (según el Plan Bolonia), participa en reuniones de coordinación de las asignaturas que imparte, según la guía docente, y en las del consejo de departamento».

La demanda se basaba en el hecho de que al profesorado asociado no se le computa una parte de la jornada al no reconocer que desarrollan otras funciones que exceden de las horas de clase y tutorías establecidas en sus contratos en relación a su actividad laboral docente.

La sentencia, que reconoce en primer lugar la competencia del orden social para pronunciarse sobre esta cuestión, señala que esta figura es una modalidad de contratación laboral específica del ámbito universitario, que cuenta con sus propias normas reguladoras y con un régimen propio, claramente diferenciadas de las contenidas en el Estatuto de los Trabajadores.

En este caso, considera que, los demandantes, profesores asociados a tiempo parcial de la UV, «ejercen una actividad profesional fuera del ámbito académico universitario, y solo pueden desempeñar su actividad docente a tiempo parcial, aportando sus conocimientos y experiencia profesionales a la universidad, y estando sujetos al régimen jurídico establecido para el profesor asociado adscrito a la universidad».

Asimismo, señala que el establecimiento de las denominadas 'guías docentes' ha supuesto nuevas exigencias de cada asignatura a impartir, y que es aprobada por el departamento y órgano competente del centro responsable de la asignatura y titulación. Atendiendo a estas exigencias, los profesores asociados «desarrollan otras funciones que exceden de las horas de clase y tutorías establecidas en sus contratos en relación a su actividad laboral docente».

En concreto, apunta a que, en su actividad docente en cuanto procedimiento y criterios de evaluación, «se requiere a los profesores asociados la misma estructura del Plan Bolonia con evaluación continua del alumnado como criterio base de la programación docente» y realizar, al igual que el resto de profesores universitarios, la preparación de clases, elaboración de materiales, y las mismas tareas de gestión al margen de la docencia, según se ha considerado probado por las contestaciones de la rectora de la UV en el procedimiento y por los testimonios de docentes.

El juzgado concluye que las retribuciones de los PDI Asociados no se han equiparado a la nueva carga docente que se exige por la guía docente a todos los profesores, por lo que son «discriminatorias» el salario percibida por los profesores asociados, ya que en la actualidad, por el mismo trabajo no se les retribuye proporcionalmente la misma cantidad, sino que es inferior respecto a la establecida para el resto de profesorado a tiempo completo, según consta en la sentencia.

Así, apunta que estos últimos docentes perciben una retribución de cuatro horas de preparación, elaboración de materiales y evaluación continua del alumnado por hora de clase impartida y registrada en el Plan de Ordenación Docente del curso, retribución que no percibe el profesor asociado en las tablas salariales que le son aplicadas.

En definitiva, entiende que no es por ser una contratación temporal a tiempo parcial, sino por la retribución proporcional que perciben los profesores asociados respecto de los otros docentes universitarios a jornada completa, teniendo en cuenta que ambos colectivos «realizan el mismo trabajo».

Para la plataforma, el fallo del Juzgado de lo Social «tiene fuertes repercusiones», sobre todo en «dos aspectos»: por una parte, en el reconocimiento de la jornada laboral del profesorado asociado y en el conjunto de tareas que realiza «más allá de la formalidad de su contrato laboral y de lo que dicen las leyes universitarias» y, por otra, porque considera que tiene también consecuencias sobre las retribuciones del Personal Docente e Investigador (PDI) Asociado, no solamente de la UV, «sino de todas las universidades españolas».

Además, desde PPdiP aseveran que el reconocimiento de esta jornada, sumado a las tareas que realizan, «justifican un salario superior al que ahora percibe el colectivo de PDI Asociado, ya que, si se reconoce la jornada real de trabajo, las retribuciones lo deben ser en proporción y no hay ninguna justificación para que el hecho de tener un contrato a tiempo parcial comporte una penalización en las retribuciones».

«Esto abre la puerta a la mejora laboral y salarial de este colectivo de profesorado, tan maltratado económica y laboralmente por las universidades y las diferentes administraciones», asegura la Plataforma, que afirma estar abierta una «negociación en tres ámbitos» para afrontar las repercusiones de la sentencia.

En esta línea, instan a la UV a abrir una negociación ante el próximo curso académico «para ajustar los salarios del profesorado asociado a la proporción de la jornada que realiza, así como a abonarle quinquenios docentes y sexenios de investigación» y urgen al Consell de la Generalitat Valenciana y a su presidente, Carlos Mazón, para que se siente a negociar las mejoras retributivas que comporta la sentencia y a modificar el reciente Decreto sobre retribuciones del profesorado laboral de las universidades valencianas.

Por último, piden a la ministra de Ciencia, Innovación y Universidades, Diana Morant, «negociar de manera inmediata el Estatuto del PDI con el fin de que incorpore las tareas que reconoce el fallo de la sentencia como también propias del profesorado asociado y no únicamente como tareas del PDI a tiempo completo».

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