VALENCIA.- El titular del Juzgado de Instrucción nº 20 de Valencia ha rechazado
la inhibición planteada por otro magistrado de la capital respecto a la
denuncia presentada por la organización Manos Limpias contra
responsables de la Agencia Estatal de Meteorología (Aemet), la
Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ) y la Agencia Valenciana de
Emergencias por su actuación previa a la Dana que afectó a la provincia
el pasado 29 de octubre.
El magistrado considera que esa
inhibición es "prematura", pues no aprecia en estos momentos una "base
objetiva, ni tampoco base indiciaria mínima" que apunte a un "nexo
causal" entre los hechos contenidos en la denuncia con el fallecimiento
de un vecino del barrio valenciano de La Torre durante el temporal,
muerte por la que su juzgado abrió diligencias previas el 30 de octubre
al entrar en el servicio de guardia, según ha informado el Tribunal
Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana.
En su auto,
el instructor señala que la "masiva" inundación sufrida por el barrio de
La Torre "ya se había producido horas antes" de la muerte por la que él
incoó diligencias previas (el informe forense la sitúa entre las 3 y
las 4 horas del día 30), al igual que en otras poblaciones colindantes, y
es "notorio" que la Aemet, desde primera hora de ese mismo día, había
emitido la alerta roja.
Del mismo modo, el mensaje de alerta
de Emergencias a los teléfonos móviles de los ciudadanos al que se
refiere la denuncia también había sido lanzado horas antes, pasadas las
20 horas del 29 de octubre, momento en que el Juzgado de Instrucción
nº 20 de Valencia no estaba de guardia.
A juicio del
magistrado, los datos objetivados en el informe forense relativo al
levantamiento del cadáver y los avances de la autopsia no permiten ni
siquiera a nivel indiciario "apreciar causalidad o conexión suficiente
para admitir la acumulación de la denuncia presentada por Manos Limpias
relativa al total de fallecidos por las inundaciones en la provincia de
Valencia".
Según se establece en la resolución judicial, el
Juzgado de Instrucción nº20 de Valencia tiene abiertas diligencias previas
en relación, exclusivamente, a un fallecimiento a fin de determinar la
"posible relevancia penal" del mismo, pero "no así por el resto de
fallecimientos producidos en distintos partidos judiciales de la
provincia de Valencia", de los que conocen hasta una veintena de
juzgados diferentes de toda la provincia.
El auto, por el que
se rechaza la inhibición relativa a la denuncia acordada por el Juzgado
de Instrucción nº 15 de Valencia, que ha sido notificado este jueves
a las partes, no es firme y puede ser recurrido en reforma y/o,
subsidiariamente, en apelación.
El magistrado del Juzgado de Instrucción nº 15 había decidido inhibirse del conocimiento de los hechos contenidos en la denuncia en favor del 20, pues este órgano fue el primero de la capital en abrir diligencias previas por el fallecimiento de una persona a causa de las inundaciones en la ciudad para la práctica de la autopsia.
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