Estas dos organizaciones ecologistas criticaron en un comunicado las "numerosas irregularidades procedimentales" de la Generalitat, que "ha permitido que se hayan ejecutado las obras de los parques eólicos" de la comarca valenciana de los Serranos sin disponer de las autorizaciones necesarias".
Además, señalaron que "se han publicado las autorizaciones administrativas para el inicio de obras de los parques eólicos de la zona 8, parque de Peñas de Dios I y Cerro Negro y con anterioridad, en febrero de 2008, el parque de Peñas de Dios II obtuvo su correspondiente autorización".
Sin embargo, la empresa Renomar, adjudicataria de estos parques, comenzó las obras "en julio de 2007, quince meses antes" de la obtención de las autorizaciones. En este sentido, destacaron que en septiembre de este año "ya se podían ver aerogeneradores totalmente montados", por lo que se preguntaron "cómo puede una empresa abrir pistas, realizar cimentaciones, levantar molinos, sin las correspondientes autorizaciones y cómo obtuvieron las licencias de obras".
Ambas organizaciones recordaron que ya denunciaron estos hechos ante el Servicio de Protección de la Naturaleza de la Guardia Civil (Seprona) y en el Juzgado de Llíria, que actualmente está estudiando el caso y explicaron que cuando comenzaron las obras de construcción de los parques eólicos "únicamente se había aprobado el Plan Especial de Ordenación de la Zona eólica", es decir, se había autorizado "tan sólo el cambio de la ordenación territorial de los municipios de La Yesa, Calles, Chelva y Andilla, para que dicho suelo pudiese albergar parques eólicos".
Sin embargo, agregaron, "no habían obtenido la Autorización Administrativa ni la Aprobación del Proyecto de ejecución de las mismas" aunque "de forma sorprendente, los gobiernos municipales concedieron licencias, actos por los que probablemente deberán responder", subrayaron.
Resaltaron que la aprobación definitiva del plan especial "no autoriza" el inicio de obras de los parques eólicos de Cerro de la Nevera, Peñas de Dios I y Peñas de Dios II, ya que para eso "es necesaria la autorización administrativa para la construcción de la instalación eólica, la aprobación del proyecto de ejecución y la declaración, en concreto, de la utilidad pública de dichas instalaciones", y esta circunstancia "no había ocurrido cuando comenzaron las obras", añadió.
De hecho, la autorización administrativa del Parque Eólico de Peñas de Dios II data del 19 de febrero de 2008, la de Peñas de Dios I data del 14 de octubre de 2008 y la del Cerro de la Nevera todavía no ha sido publicada en el Diario oficial de la Comunitat Valenciana.
Además, señalaron que la construcción de los parques eólicos de Cerro de la Nevera y de Peñas de Dios I, "todavía recogen una irregularidad más", ya que "no disponen todavía de "autorización ambiental integrada", pues aunque el 18 de marzo de 2008 se sometió a información pública la solicitud de la misma, "aún no se ha publicado ni comunicado a los interesados el otorgamiento de la misma".
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