GIJÓN- Una sentencia del
Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Gijón condena a Bankia a
devolver 999.997 euros a un matrimonio asturiano por la compra de
acciones de la entidad, coincidiendo con su salida a Bolsa, a pesar de
que reconoce que uno de ellos sabía de finanzas.
El magistrado señala en el fallo judicial que la información
publicitada para la adquisición de acciones no se correspondía con la
situación real de Bankia, que presentó la venta como una "gran
oportunidad" al asegurar la buena situación patrimonial de la entidad.
La sentencia declara la nulidad de la compra de las acciones
suscritas por la pareja, llevada a cabo el 19 de julio de 2011, y
califica como "determinante" para evaluar la inversión el contenido del
anuncio de la oferta pública de los bonos.
La compra de títulos fue realizada a través del Banco Sadadell, que
según apunta el fallo judicial no pudo hacer más que transmitir la
información aportada por Bankia.
El presidente de la Unión de Consumidores de Asturias, Dacio Alonso,
ha destacado hoy la trascendencia de esta sentencia, que ha considerado
"probablemente la más importante desde que se abre el capítulo de
demanda civil" que declara nula la compra de un inversor "profesional".
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