VALENCIA.- El Consell ha aprobado este martes un decreto ley por el que se adoptan medidas administrativas y económico-presupuestarias para facilitar la respuesta de la Generalitat como consecuencia de la DANA sufrida por la Comunitat Valenciana los días 28 y 29 de octubre de 2024.
Entre estas
medidas, se establece la ordenación de las donaciones que se están
produciendo y la regulación de la asignación de los ingresos y se crea
el Instrumento Autonómico de Respuesta, Atención y Reconstrucción frente
a la DANA.
El objeto principal de esta norma es "fijar un
esquema normativo que facilite la gestión económico-presupuestaria para
favorecer la reconstrucción" de la Comunitat tras los efectos derivados
de la DANA, según ha informado la Generalitat en un comunicado.
Entre otras cuestiones, el decreto establece la ordenación de las
donaciones que se están produciendo, de forma que las donaciones
dinerarias que se efectúen se ingresarán en la cuenta del Tesoro de la
Generalitat.
Los ingresos procedentes de estas donaciones se
destinarán a atender gastos derivados de la DANA, como ayudas a las
personas físicas o jurídicas de naturaleza privada, que hayan sufrido
daños en sus bienes o derechos, reparación de las infraestructuras
dañadas, suministros, material, así como cualquier otro que pueda
contribuir a reforzar la recuperación y vuelta a la normalidad en los
municipios afectados.
Las donaciones de equipamiento y
suministros relacionados con la lucha contra los efectos de la DANA que
tengan la consideración de bienes muebles se considerarán aceptadas por
su recepción por la Conselleria o entidad destinataria de las mismas.
En cuanto a las donaciones de bienes inmuebles, serán aceptadas por
la Conselleria de Hacienda, Economía y Administración Pública, que podrá
destinarlas a la lucha contra los efectos de la DANA o enajenarse y
aplicar el producto obtenido a esta finalidad.
Del mismo modo,
se regula la afectación de los ingresos, de tal forma que "se asegura
que toda aportación pública o privada tendrá como único destino hacer
frente a las actuaciones y medidas que adopte la Generalitat para hacer
frente a las necesidades originadas por la DANA".
En este sentido, todos los créditos presupuestarios financiados con
estos fondos solo podrán ejecutarse con el fin de financiar actuaciones
directamente vinculadas a la declaración de 'Zona afectada gravemente
por una emergencia de protección civil', aprobada por el Consejo de
Ministros el pasado 5 de noviembre.
Asimismo, la Conselleria
de Hacienda podrá adoptar las medidas provisionales, preventivas o
correctivas necesarias para "asegurar la racionalización del gasto, el
cumplimiento de los objetivos y prioridades en la planificación
presupuestaria".
Esta norma también crea el Instrumento
Autonómico de Respuesta, Atención y Reconstrucción frente a la DANA en
Valencia, que quedará adscrito a la entidad Valenciana d'Estratègies i
Recursos per a la Sostenibilitat Ambiental, SA (VAERSA).
Le
corresponderá la gestión, atención, coordinación y apoyo material de las
medidas que sean requeridas por las autoridades autonómicas y locales
afectadas por la DANA en la Comunitat.
De igual forma, se recoge la
declaración de utilidad pública o interés social y la necesidad de
urgente ocupación de los bienes y derechos afectados de expropiación
forzosa, ocupación temporal o imposición de servidumbres como
consecuencia de la ejecución de las obras en infraestructuras
hidráulicas y de carreteras afectadas por la DANA.
Por otra parte, se reordena el sistema de modificaciones
presupuestarias "de manera similar" a como se hizo para hacer frente a
la COVID, con el fin de "agilizar su tramitación" y "priorizar la
atención" de los gastos vinculados a la DANA.
Así, durante el
periodo de vigencia de la declaración de 'Zona afectada gravemente por
una emergencia de protección civil', las transferencias de créditos que
tengan su origen o traigan causa en la adopción de medidas o actuaciones
destinadas a hacer frente a esta emergencia no les será de aplicación
la limitación establecida en la Ley 1/2015 de Hacienda Pública, del
Sector Público Instrumental y de Subvenciones.
Igualmente, se
adopta un conjunto de medidas destinadas a agilizar el régimen de las
ayudas y subvenciones. En este sentido, se incluyen preceptos relativos a
las subvenciones nominativas, a la condición de beneficiario y al pago
anticipado de las ayudas, "con el fin de repercutir directa e
inmediatamente en favor de las personas, físicas o jurídicas,
principales afectados por la DANA".
También se declaran de
interés general todas las obras necesarias que la Generalitat tenga que
ejecutar para "lograr la recuperación y vuelta a la normalidad" como
consecuencia de la DANA y, a este respecto, se agilizará toda la
tramitación de los contratos y expedientes.
Este decreto
legitima a la Generalitat y a las entidades del sector público para
solicitar las transmisiones de datos entre órganos de esta o de
distintas administraciones públicas en la gestión de las ayudas y otros
procedimientos que se aprueben para paliar las pérdidas ocasionadas por
la DANA.
Además, se adoptan medidas de carácter extraordinario
para garantizar la seguridad e integridad de las personas usuarias de
los centros de servicios sociales en los casos de declaración de
situaciones de emergencia o catástrofe que les pudieran afectar.
De igual forma, se regula la contratación de emergencia justificada
por la necesidad de actuar de manera inmediata, de conformidad con lo
previsto en la Ley 9/2017 de contratos del sector público, así como el
Registro de personal funcionario habilitado, con la finalidad de
agilizar la participación del personal funcionario habilitado de las
entidades locales en el servicio de asistencia para la realización de
actuaciones y trámites de la Generalitat, cuando así se requiera ante
una declaración de emergencia o catástrofe.
Se establece la
inembargabilidad de las ayudas previstas en el Decreto 163/2024 del
Consell, por el que se aprueban las bases reguladoras y el procedimiento
de concesión directa de ayudas urgentes para paliar la pérdida de
bienes de primera necesidad de las personas físicas.
Con el
objetivo de apoyar a las administraciones públicas locales en
restablecimiento de infraestructuras de transporte, saneamiento o
residuos que sean de su titularidad, el decreto autoriza con carácter
excepcional a la Consellería de Medio Ambiente, Infraestructuras y
Territorio a realizar las actuaciones que se estimen "más adecuadas".
Por último, la norma recoge una previsión específica dirigida a la
incorporación de remanentes financiaciones con fondos finalistas, con el
fin de asegurar que, en lo que se refiere a las operaciones de cierre
del ejercicio 2024 y apertura del 2025, se desarrolla "con la mayor
agilidad posible", y permite atender "todas las obligaciones asociadas a
los mismos a la menor brevedad".
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