VALENCIA.- La Conselleria de Política Territorial,
Obras Públicas y Movilidad ha dictado una resolución en la que regula la
prestación del servicio de taxi durante la vigencia del estado de
alarma decretado por el Gobierno ante la pandemia del coronavirus, y en
el que establece que los titulares de autorizaciones, "con carácter
preferente", prestarán su servicio en hospitales y establecimientos
públicos sanitarios, "de forma que queda garantizada permanentemente la
asistencia al ciudadano" en estos establecimientos.
Asimismo, establece que todos los desplazamientos que se realicen
en taxi "deberán hacerse individualmente, salvo que se acompañe a
personas con discapacidad, menores, mayores o por otra causa
justificada", tal y como consta en la resolución del conseller de
Política Territorial, Arcadi España, de fecha de este martes y que entra
en vigor este miércoles, fecha de su publicación en el Diari Oficial de
la Generalitat Valenciana.
El texto recoge que la situación de alerta creada como
consecuencia de la aparición y avance del Covid-19, requiere que, por
parte de las distintas administraciones, en el ámbito de sus respectivas
competencias, "adopten aquellas medidas que sean necesarias para evitar
un mayor riesgo de exposición y trasmisión del virus derivado del
contacto diario entre ciudadanos".
Para ello fue promulgado el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo,
que declara el estado de alarma para la gestión de la situación de
crisis sanitaria, en cuyo artículo 14, relativo a las medidas en materia
de transporte interior, establece que en los servicios de transporte
público de viajeros por carretera, ferroviarios, aéreo y marítimo que no
están sometidos a contrato público u obligaciones de servicio público
"los operadores de transporte reducirán la oferta total de operaciones
en, al menos, un 50%".
Asimismo, el artículo 3.4 establece que los desplazamientos
llevados a cabo en transporte público de viajeros en vehículo de
turismo, al amparo de lo dispuesto en el artículo 7 del Real Decreto
463/2020, de 14 de marzo, "deberán hacerse individualmente, salvo que se
acompañe a personas con discapacidad, menores, mayores o por otra causa
justificada".
Asimismo, recoge que la Ley 13/2017, de 8 de noviembre del Taxi de
la Comunitat Valenciana faculta a la Conselleria competente en materia
de transporte para la regulación del transporte público discrecional de
personas viajeras en vehículos de turismo que se realice dentro del
territorio de la Comunitat Valenciana.
Ante esta situación, la Conselleria de Política Territorial, Obras
Públicas y Movilidad resuelve establecer un régimen de prestación de
servicios del taxi en las áreas de prestación conjunta de Valencia y
Alicante que supone que durante los días impares únicamente prestarán el
servicio de taxi las licencias impares y en los pares únicamente
prestarán el servicio de taxi las licencias pares.
Este régimen no será de aplicación a las licencias que tengan
vehículo adaptado para la prestación de servicios a personas con
movilidad reducida, que podrán prestar servicio tanto los días pares
como los impares.
En aquellas áreas de prestación conjunta en las que está previsto
un día de descanso obligatorio semanal, se mantendrá en las condiciones
en que esté determinado.
En aquellos supuestos en que sea necesario incrementar la oferta
de servicios de taxi para dar traslado al personal sanitario, se dictará
nueva resolución del órgano competente que incluya esta circunstancia.
Este régimen de prestación de servicios estará vigente durante el
período establecido en la declaración del estado de alarma, y las
posibles prórrogas que se acuerden en su caso.
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