sábado, 4 de abril de 2020

El Consell adapta el proceso de admisión del curso 20-21 al estado de alarma

VALENCIA.- El Pleno del Consell ha aprobado un decreto ley de medidas urgentes en los ámbitos de la educación, la cultura y el deporte para paliar los efectos de la emergencia sanitaria provocada por la Covid-19, entre las que se incluyen medidas para adaptar el proceso de admisión para el curso 2020-2021 a la situación de confinamiento, así como que no se pierda el derecho a percibir la parte de la subvención que justifique el trabajo ya realizado con la concesión de la ayuda para actividades culturales y deportivas.

Según ha explicado la portavoz del gobierno valenciano, Mónica Oltra, en la rueda de prensa posterior a su reunión, en el ámbito educativo, el decreto ley incorpora las disposiciones normativas necesarias para "adaptar el proceso de admisión a las circunstancias excepcionales y de confinamiento derivadas del estado de alarma".
Por ello, se adapta la participación de los órganos colegiados, y se prorrogan por el próximo curso las áreas de influencia vigentes en el actual curso a efectos de escolarización.
Además, el procedimiento de admisión en las etapas de Educación Infantil, Primaria, ESO, Bachillerato y FP para el próximo curso 2020-2021 se tramitará de forma electrónica, para evitar así trámites presenciales. No obstante, habrá puntos de atención al usuario para las personas que no disponen de medios electrónicos.
Oltra ha matizado que el hecho de publicar este decreto "no significa que se dé por amortizado el curso actual", sino que se busca que "dentro de la extraordinariedad, el decreto de admisión del próximo curso no se vea afectado".
"El que se dé por amortizado o no el curso actual se hará según evolucione la situación, si quedarán días lectivos al final. Dependerá de las prórrogas del estado de alarma", ha manifestado.
Asimismo, el decreto ley establece la prórroga de un año en la implantación del Programa de educación plurilingüe e intercultural (PEPLI) en ESO, Bachillerato, FP y Formación de Personas Adultas, en legar de realizarse el curso 2020-2021 como contempla la Ley 4/2018, de 21 de febrero, de la Generalitat.
Por lo tanto, todos los centros educativos de Secundaria, Bachillerato, FP y FPA del sistema educativo valenciano, durante el próximo curso 2020-2021, "mantendrán los mismos programes lingüísticos que han aplicado este curso".
Esta prórroga se adopta porque las medidas de contención vigentes para hacer frente a la Covid-19, "imposibilitan la elaboración, modificación y aprobación de los proyectos lingüísticos de centro (PLC) antes del proceso de admisión". 
"Se considera fundamental garantizar la participación de los miembros de cada consejo escolar de centro en condiciones presenciales para realizar las votaciones del PLC por mayoría de 2/3 y esta condición en estos momentos es inviable", ha indicado el Consell.
Esta circunstancia, así como las tareas extraordinarias asumidas por los equipos directivos y por el conjunto de la comunidad educativa, derivadas del cambio temporal al modelo de formación a distancia, hacen aconsejable la prórroga de los proyectos lingüísticos de centro (PLC) vigentes y la modificación del calendario de aplicación de la mencionada ley.
Por otro lado, y para asegurar el fomento de la escolarización en el primer ciclo de Educación Infantil, el decreto ley contempla una ayuda extraordinaria destinada tanto a las escuelas infantiles 0-3 privadas, como las escuelas infantiles municipales por la misma cantidad que reciben con el Bono Infantil.
Esta medida tiene como finalidad contribuir al mantenimiento de la red de centros educativos de 0 a 3 años, para garantizar, cuando se levante la suspensión temporal de la actividad educativa presencial, la oferta de plazas escolares subvencionadas para la continuación del curso escolar y el inicio del curso 2020-2021 en esta etapa educativa.
Otro aspecto relevante de la nueva norma es que, a pesar de la suspensión temporal de la actividad académica presencial, el alumnado beneficiario de la ayuda de transporte escolar individual reciba su importe íntegro.
La conselleria abonará a las familias todas las ayudas individualizadas de transporte escolar concedidas para el curso 2019-2020 para el alumnado que no puede ser incluido en ninguna de las rutas de transporte colectivo autorizadas y que se encuentre escolarizado en Educación Infantil de segundo ciclo (3 a 5 años), Primaria o ESO y Educación Especial, en centros públicos dependientes de la Generalitat.
Esta medida se adopta porque "se entiende justificado por los beneficiarios el cumplimiento de la finalidad para las que se concede la ayuda, aunque los días de no asistencia a clase, durante el periodo de suspensión de la actividad educativa presencial consecuencia de la emergencia sanitaria, suponen más del 20 % del total de días del curso escolar".
Con el objetivo de garantizar en el inicio del curso 2020-2021 en los centros educativos concertados, se mantiene para el próximo ejercicio, en forma de ayuda extraordinaria directa, la dotación de recursos destinados a la inclusión educativa y a la lucha contra el abandono escolar del Programa de actuación para la mejora (PAM) que han recibido en el actual curso. 
En total, según ha dicho Oltra, estas ayudas ascenderán a 16,2 millones de euros.
Igualmente, una de estas ayudas extraordinarias directas permitirá consolidar de cara al próximo curso la dotación y las plazas docentes otorgadas a la enseñanza concertada en la convocatoria del PAM para este curso. En total esta doble línea de ayudas del PAM suma una inversión de 15,48 millones de euros.
Por otra parte, además de poner en marcha medidas que favorecen la reprogramación y la reactivación de actividades y de acontecimientos culturales y deportivos, en las que ya se trabaja, resulta necesario adoptar medidas de flexibilización en los procedimientos de ejecución y justificación de las actividades subvencionadas.
El objetivo de estas medidas es favorecer la justificación y el pago de gastos ya efectuados cuando la actividad haya quedado frustrada por la declaración de la emergencia sanitaria y las medidas de contención adoptadas ante la Covid-19.
Supone, en definitiva, que no se pierda el derecho a percibir la parte de la subvención que justifique el trabajo ya realizado con la concesión de la ayuda para actividades culturales y deportivas, aunque no se pueda cumplir el objetivo final de la subvención.
De este modo, se contribuye a conservar los puestos de trabajo y mantener la viabilidad económica de las empresas culturales y creativas en el caso del área de Cultura; así como de las federaciones, deportivas, clubes y entidades deportivas o administraciones locales en el caso del área de Deporte, que contaban con ayudas para organizar acontecimientos deportivos.

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