VALENCIA.- El Pleno del Consell ha aprobado un decreto
ley de medidas urgentes en los ámbitos de la educación, la cultura y el
deporte para paliar los efectos de la emergencia sanitaria provocada
por la Covid-19, entre las que se incluyen medidas para adaptar el
proceso de admisión para el curso 2020-2021 a la situación de
confinamiento, así como que no se pierda el derecho a percibir la parte
de la subvención que justifique el trabajo ya realizado con la concesión
de la ayuda para actividades culturales y deportivas.
Según ha explicado la portavoz del gobierno valenciano, Mónica
Oltra, en la rueda de prensa posterior a su reunión, en el ámbito
educativo, el decreto ley incorpora las disposiciones normativas
necesarias para "adaptar el proceso de admisión a las circunstancias
excepcionales y de confinamiento derivadas del estado de alarma".
Por ello, se adapta la participación de los órganos colegiados, y
se prorrogan por el próximo curso las áreas de influencia vigentes en el
actual curso a efectos de escolarización.
Además, el procedimiento de admisión en las etapas de Educación
Infantil, Primaria, ESO, Bachillerato y FP para el próximo curso
2020-2021 se tramitará de forma electrónica, para evitar así trámites
presenciales. No obstante, habrá puntos de atención al usuario para las
personas que no disponen de medios electrónicos.
Oltra ha matizado que el hecho de publicar este decreto "no
significa que se dé por amortizado el curso actual", sino que se busca
que "dentro de la extraordinariedad, el decreto de admisión del próximo
curso no se vea afectado".
"El que se dé por amortizado o no el curso actual se hará según
evolucione la situación, si quedarán días lectivos al final. Dependerá
de las prórrogas del estado de alarma", ha manifestado.
Asimismo, el decreto ley establece la prórroga de un año en la
implantación del Programa de educación plurilingüe e intercultural
(PEPLI) en ESO, Bachillerato, FP y Formación de Personas Adultas, en
legar de realizarse el curso 2020-2021 como contempla la Ley 4/2018, de
21 de febrero, de la Generalitat.
Por lo tanto, todos los centros educativos de Secundaria,
Bachillerato, FP y FPA del sistema educativo valenciano, durante el
próximo curso 2020-2021, "mantendrán los mismos programes lingüísticos
que han aplicado este curso".
Esta prórroga se adopta porque las medidas de contención vigentes
para hacer frente a la Covid-19, "imposibilitan la elaboración,
modificación y aprobación de los proyectos lingüísticos de centro (PLC)
antes del proceso de admisión".
"Se considera fundamental garantizar la
participación de los miembros de cada consejo escolar de centro en
condiciones presenciales para realizar las votaciones del PLC por
mayoría de 2/3 y esta condición en estos momentos es inviable", ha
indicado el Consell.
Esta circunstancia, así como las tareas extraordinarias asumidas
por los equipos directivos y por el conjunto de la comunidad educativa,
derivadas del cambio temporal al modelo de formación a distancia, hacen
aconsejable la prórroga de los proyectos lingüísticos de centro (PLC)
vigentes y la modificación del calendario de aplicación de la mencionada
ley.
Por otro lado, y para asegurar el fomento de la escolarización en
el primer ciclo de Educación Infantil, el decreto ley contempla una
ayuda extraordinaria destinada tanto a las escuelas infantiles 0-3
privadas, como las escuelas infantiles municipales por la misma cantidad
que reciben con el Bono Infantil.
Esta medida tiene como finalidad contribuir al mantenimiento de la
red de centros educativos de 0 a 3 años, para garantizar, cuando se
levante la suspensión temporal de la actividad educativa presencial, la
oferta de plazas escolares subvencionadas para la continuación del curso
escolar y el inicio del curso 2020-2021 en esta etapa educativa.
Otro aspecto relevante de la nueva norma es que, a pesar de la
suspensión temporal de la actividad académica presencial, el alumnado
beneficiario de la ayuda de transporte escolar individual reciba su
importe íntegro.
La conselleria abonará a las familias todas las ayudas
individualizadas de transporte escolar concedidas para el curso
2019-2020 para el alumnado que no puede ser incluido en ninguna de las
rutas de transporte colectivo autorizadas y que se encuentre
escolarizado en Educación Infantil de segundo ciclo (3 a 5 años),
Primaria o ESO y Educación Especial, en centros públicos dependientes de
la Generalitat.
Esta medida se adopta porque "se entiende justificado por los
beneficiarios el cumplimiento de la finalidad para las que se concede la
ayuda, aunque los días de no asistencia a clase, durante el periodo de
suspensión de la actividad educativa presencial consecuencia de la
emergencia sanitaria, suponen más del 20 % del total de días del curso
escolar".
Con el objetivo de garantizar en el inicio del curso 2020-2021 en
los centros educativos concertados, se mantiene para el próximo
ejercicio, en forma de ayuda extraordinaria directa, la dotación de
recursos destinados a la inclusión educativa y a la lucha contra el
abandono escolar del Programa de actuación para la mejora (PAM) que han
recibido en el actual curso.
En total, según ha dicho Oltra, estas
ayudas ascenderán a 16,2 millones de euros.
Igualmente, una de estas ayudas extraordinarias directas permitirá
consolidar de cara al próximo curso la dotación y las plazas docentes
otorgadas a la enseñanza concertada en la convocatoria del PAM para este
curso. En total esta doble línea de ayudas del PAM suma una inversión
de 15,48 millones de euros.
Por otra parte, además de poner en marcha medidas que favorecen la
reprogramación y la reactivación de actividades y de acontecimientos
culturales y deportivos, en las que ya se trabaja, resulta necesario
adoptar medidas de flexibilización en los procedimientos de ejecución y
justificación de las actividades subvencionadas.
El objetivo de estas medidas es favorecer la justificación y el
pago de gastos ya efectuados cuando la actividad haya quedado frustrada
por la declaración de la emergencia sanitaria y las medidas de
contención adoptadas ante la Covid-19.
Supone, en definitiva, que no se pierda el derecho a percibir la
parte de la subvención que justifique el trabajo ya realizado con la
concesión de la ayuda para actividades culturales y deportivas, aunque
no se pueda cumplir el objetivo final de la subvención.
De este modo, se contribuye a conservar los puestos de trabajo y
mantener la viabilidad económica de las empresas culturales y creativas
en el caso del área de Cultura; así como de las federaciones,
deportivas, clubes y entidades deportivas o administraciones locales en
el caso del área de Deporte, que contaban con ayudas para organizar
acontecimientos deportivos.
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