MADRID.- Con más de un mes de
retraso, el Gobierno ha habilitado este lunes el proceso que permitirá, a
partir de mañana 5 mayo, la solicitud de los subsidios de desempleo
extraordinarios para empleadas del hogar y contratados temporales
sin derecho a prestación. Esta ayuda fue aprobada a finales de marzo
para ayudar a estos colectivos afectados por la pandemia del coronavirus
y el estado de alarma.
El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica hoy
dos resoluciones que fijan los detalles de estos subsidios
extraordinarios que se deberán tramitar ante el Servicio Público de
Empleo Estatal (SEPE).
En
el caso de las empleadas del hogar, que hasta ahora no contaban con
este derecho, podrán pedirlo las que sean despedidas o hayan visto
reducida sus horas de trabajo desde la entrada en vigor del estado de
alarma y durante toda su vigencia.
El subsidio, por el 70% de su base
reguladora, es compatible con otras actividades siempre que no se supere
el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) de 950 euros mensuales.
Una vez aprobado, detalla la resolución, se cobrará los días 10 de cada mes durante todo el tiempo que dure la medida.
Desde la asociación Sedoac han denunciado que la ayuda es «insuficiente» porque dejará fuera a las empleadas «más vulnerables»,
es decir, a aquellas que desempeñan su actividad en negro, que podrían
llegar a casi 300.000, según cálculos de la asociación de Servicio
Doméstico Activo de Madrid (Sedoac).
En el caso del subsidio extraordinario por desempleo para trabajadores temporales
cuyo contrato terminó durante el Estado de Alarma sin haber generado
derecho a ninguna prestación, el Gobierno señala que ese contrato debía
ser de al menos dos meses y con obligación de cotizar por la
contingencia de desempleo.
Se trata de un subsidio incompatible
con «ser perceptor de renta mínima, renta de inclusión, salario social o
ayuda análoga concedida por cualquier Administración Pública». También
lo es con estar trabajando por cuenta propia o ajena «a jornada completa
en la fecha de la extinción del contrato ni en la fecha del nacimiento
del subsidio excepcional».
En
este caso se cobra durante un mes y por un cuantía equivalente al 80%
del indicador público de rentas de efectos múltiples mensual vigente, es
decir, a unos 440 euros mensuales.
El pago de la ayuda económica la hará también el SEPE a partir del mes siguiente al de la solicitud.
El pasado 31 de marzo, el Gobierno aprobó subsidios temporales para colectivos vulnerables
como las empleadas del hogar o los trabajadores temporales que no haya
cotizado el periodo necesario para tener derecho a la prestación por
desempleo.
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