domingo, 13 de mayo de 2012

Fiscalía de Medio Ambiente abrió en 2011 casi 200 investigaciones por construcciones ilegales en la provincia de Valencia

VALENCIA.- La Fiscalía de Medio Ambiente abrió en el año 2011 un total de 234 diligencias de investigación, la mayoría de ellas --199-- por delitos contra la ordenación del territorio, es decir, por construcciones ilegales, según ha avanzado el fiscal coordinador de este área, Joaquín Baños.

   Baños ha explicado que en 2011 se registró un descenso del número de diligencias de un 40 por ciento, puesto que mientras que en 2010 se abrieron en la Fiscalía de Medio Ambiente 357 investigaciones, el pasado año fueron 234 --contando con la demarcación de Alzira--. Así, mientras en 2010 se incoaron 155 diligencias de oficio, en 2011 fueron nueve.
   El fiscal ha justificado este descenso en que fue en 2010 cuando Fiscalía procesó toda la información suministrada por los ayuntamientos de la provincia en relación con el oficio que les envió en el año 2008 para que denunciaran todas las construcciones ilegales de sus localidades de las que tuvieran conocimiento. "Por eso hubo en 2010 tantas diligencias de oficio", ha remarcado.
   En 2011, al no haber incoado casi ninguna diligencia de oficio, porque "casi todo ya estaba hecho", ha habido un descenso "considerable". De las investigaciones abiertas el pasado ejercicio, el "grueso" se lo sigue llevando el tema de la ordenación del territorio. Por este asunto se incoaron 199 diligencias, es decir, el 85 por ciento del total.
   "Éste es el delito más frecuente", ha aseverado el fiscal coordinador, pese a que en su departamento también se encargan de otros asuntos relacionados con la protección de la flora y la fauna; del maltrato animal; del ruido y de los vertidos.
   Al respecto, Baños ha indicado que en cuanto a la flora y fauna, no suele ser un delito común en la provincia de Valencia, puesto que aquí no hay osos, linces o muchas especies protegidas. De hecho, en 2011 Fiscalía tan solo abrió tres diligencias de investigación.
   Asimismo, ha explicado que este pasado ejercicio no fue destacado el delito de maltrato animal, puesto que no hubo, por ejemplo, peleas de gallos, algo que sí tuvo repercusión en 2010. En este punto, ha aclarado que para que exista maltrato animal "se requiere haber causado la muerte o gravísimas lesiones al animal". En cuanto a ruidos y vertidos, tampoco se incoaron casi diligencias en 2011.
   El fiscal coordinador de Medio Ambiente también ha avanzado, en declaraciones a Europa Press, que el pasado ejercicio volvieron a bajar las denuncias de los ayuntamientos por construcciones ilegales en sus municipios. Así, mientras que en 2010 un total de 27 consistorios denunciaron algo, en 2011 solo lo hicieron 13.
   En este sentido, ha indicado que el "problema" de los ayuntamientos es que "denunciar significa denunciar a un vecino, y el vecino vota". Así, considera que el "problema" de que los consistorios tengan competencias en materias sensibles "es que se ven a veces contra la espada y la pared".
   "Y los ayuntamientos tienen muchísimas competencias medioambientales", ha agregado. "Son competencias que han estado en sus manos históricamente y que todavía siguen ahí". Baños ha puesto otro ejemplo de este "peligro": "si la licencia para abrir un local le corresponde al ayuntamiento, a éste le interesa que el local esté abierto porque paga impuestos y una licencia de actividad. Y cerrar el establecimiento es enemistarse con gente del pueblo, y cuanto más pequeño es el pueblo, más se nota, es más complicado", ha dicho.
   Baños ha explicado que cuando se detecta una construcción ilegal en un suelo urbanizable, es decir, aquella realizada sin licencia, el Ayuntamiento o, en algunos casos, la Conselleria, tiene que emitir un expediente sancionador. Así, el ciudadano tiene que hacer frente a una multa y, además, conseguir la licencia.
   Esto es diferente cuando se trata de suelo no urbanizable. En este caso, además de imponer una multa por no pedir la correspondiente licencia, como es imposible que ésta sea concedida, se tiene que abrir un expediente de restauración de la legalidad urbanística, cuya consecuencia es la demolición.
   Baños ha explicado que hasta el año 1995 ésta era la normativa. Luego se introduce el delito urbanístico al ver que no se derribaba ni un solo chalet porque los ayuntamientos "no lo ordenaban". Y en 2010 se amplió el delito, con lo que cualquier construcción realizada en suelo no urbanizable y que no fuera legalizable se consideraba delictiva. Y hoy sigue siendo así.
   Respecto a la demolición del bien, el fiscal ha señalado que si viene en vía administrativa, es "obligatoria", pero no ocurre lo mismo si el asunto va por vía penal, puesto que el Código Penal tan solo recoge que los jueces o tribunales podrán ordenar la demolición. Y en la práctica son muy reticentes a ordenarla porque la tipología del delincuente urbanístico no es, en la mayoría de casos, un constructor o un promotor, si no "personas que se han comprado un terreno rústico y que se están haciendo un chalet", ha dicho.

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