VALENCIA.- El juzgado de lo Social nº 3 de Valencia
ha ordenado embargar 5.825,39 euros a la Fundación Hemisferio --una de
las entidades investigadas en el conocido como 'caso Cooperación'--, que
es la cantidad que adeuda a una extrabajadora del centro por el
despido, los intereses y las costas, según consta en un edicto publicado
este lunes en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia (BOPV).
En concreto, este juzgado acuerda ejecutar una resolución
anterior, dictada en octubre de 2012, por el juzgado de lo Social nº
7 de Valencia, que reconocía una deuda de la Fundación Hemisferio a la
exempleada por valor de 5.025,39 euros, más 800 euros presupuestados
provisionalmente para intereses y costas.
Así, ordena embargar a esta fundación, "que se encuentra en
ignorado paradero", y cuyo exresponsable, Augusto César Tauroni, está
actualmente en prisión, los 5.825,39 euros pendientes. Esta entidad es
una de las investigadas en el Tribunal Superior de Justicia de la
Comunitat Valenciana (TSJCV) por presuntas subvenciones irregulares
otorgadas por la extinta Conselleria de Solidaridad, cuando estaba
presidida por el actual diputado del PP en las Corts, Rafael Blasco.
En la nueva resolución judicial, el magistrado también acuerda
remitir una comunicación telemática a la Dirección General de Tráfico,
la Agencia Estatal Tributaria, el Catastro y la Tesorería General de la
Seguridad Social para averiguar los bienes o derechos de la fundación.
Asimismo, ordena que se solicite a las entidades bancarias un
extracto de los saldos de cuentas corrientes, de ahorro, depósitos o
productos financieros de cualquier naturaleza que le consten a la
fundación. Les otorga un plazo de 15 días para cumplir con el
requerimiento judicial.
En su caso, afirma que estos bancos tendrán que retener las
cantidades que se vayan ingresando sucesivamente en las indicadas
cuentas, hasta completar el importe de lo adecuado por principal,
intereses y costas.
Además, el juez ordena a los bancos que le comuniquen los créditos
y/o derechos en favor de la fundación pendientes de percibir por la
devolución del IRPF, Impuesto de Sociedades, Impuesto sobre la Renta de
No Residentes, IVA, Impuestos Especiales o cualquier otro concepto
tributario hasta cumplir con la cantidad que se debe embargar.
El magistrado acuerda notificar esta resolución y el auto de
ejecución por medio de edictos, ya que no consta en la actualidad
domicilio de la fundación, y se "ignora" su paradero.
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