martes, 30 de abril de 2013

El PSPV plantea un contrato de arrendamiento con opción de compra financiado por la Generalitat para evitar desahucios

VALENCIA.- El PSPV plantea aplicar en los casos de desahucio por parte de una entidad financiera un contrato de arrendamiento con opción de compra por un periodo de tres años, prorrogable dos años más, a tres bandas en el que la Generalitat se hará cargo de parte del pago durante este tiempo, con unas condiciones predeterminadas. En caso de que no haya acuerdo, se procederá a la expropiación forzosa para que el propietario puedan vivir en la vivienda durante este periodo. 

  El secretario general del PSPV, Ximo Puig, acompañado de la secretaria de Vivienda y portavoz del área en el Grupo Parlamentario Socialista, María José Salvador, ha presentado en rueda de prensa esta propuesta de Ley de defensa de la función social de la Vivienda, que ya han registrado en las Corts, y que calculan que beneficiarán a cerca del 60 por ciento de los afectados.
  Puig ha destacado que se trata de "una iniciativa pionera" ya que se trata de evitar los desahucios de forma "preventiva" antes de que se produzcan en una comunidad en la que se registran 19 alzamientos de viviendas al día, la segunda con mayores cifras de España, recurriendo a las competencias que tiene la Generalitat recogidas en su Estatuto para evitarlo.  
  Para ello, ha explicado Salvador, este procedimiento se activará "justo en el momento" en el que se interponga la demanda de ejecución hipotecaria por la entidad financiera. Entonces el propietario demandado podrá informar a la Generalitat, para que esta notifique al banco las condiciones que tendrá ese contrato, que sustituirá a la anterior relación entre la entidad financiera y el propietario deudor.
   Las condiciones de este contrato estarán marcadas por ley. Así, el precio del inmueble se fijará de acuerdo al decreto sobre saneamiento del sector financiero, que para primera vivienda prevé una quita del 50 por ciento. La Generalitat participará en el contrato obligatorio subrogándose en el pago del alquiler a la entidad financiera con una renta mensual marcada por la doceava parte del 3% del precio reajustado de la vivienda.
   Por su parte, el arrendatario abonará a la Generalitat Valenciana una parte del alquiler que no puede superar el 25% del total de los ingresos de la unidad familiar, y en ningún caso la cuantía abonada por el Consell. Además, si hay informe favorable de servicios sociales puede que se exonere del pago si hay imposibilidad económica por el ciudadano desahuciado. Este contrato entrará en vigor en el momento en el que se haga firme la resolución judicial de ejecución hipotecaria con lo que el antiguo propietario permanecerá en su casa como arrendatario.
  Salvador ha puesto un ejemplo práctico de que una vivienda escriturada por 120.00 euros en caso de desahucio pasaría a costar 60.000 euros. De este modo, la Generalitat pagará un alquiler de 150 euros mensuales, durante tres años lo que supondrá unos 5.400 euros en tres años, mientras que el arrendatario abonará una cantidad que no supere 25% de los ingresos totales de la unidad familiar, se queda en 'su casa' y a los 3 años puede ejercer opción de compra.
   Pasado este tiempo, se podrá renegociar una prórroga pero no se puede establecer medidas más a largo plazo porque sería alterar el régimen hipotecario y la Generalitat no tiene competencias, según ha especificado Eugenio Borell.
   Sin embargo, en el caso de que no se firme este contrato se  procederá a la Expropiación Forzosa del derecho de usufructo temporal  de la vivienda, por un periodo de tres años por parte de la Generalitat Valenciana. En esta situación la Generalitat paga al banco un justiprecio del 2 por ciento anual, y el arrendatario procedería a abonar una cantidad en concepto de alquiler no superior al 25 por ciento de los ingresos de la unidad familiar, y en ningún caso esta cantidad superaría el 50 por ciento de la cuantía del justiprecio.
  Además, de este plan de choque, el anteproyecto también plantea medidas estructurales como ampliar el ejercicio del derecho de tanteo por parte de la Generalitat Valenciana a estos supuestos, además de para los casos de VPO o VPP que ya estaba previsto en la ley. Estas viviendas pasarán a formar parte del patrimonio público y serán cedidas a los Ayuntamientos para su gestión.
   Además, para dar salida a las 150.000 viviendas vacías que se calculan que hay en la Comunitat Valenciana propone un régimen sancionador para las que sean propiedad de entidades financieras, como aplicarles el duplo del IBI, mientras que proponen incentivos a las que sean de particulares.
  Entre los requisitos para acceder a este contrato, entre otros, son que la vivienda sea la residencia habitual y única, que le ejecución hipotecaria sea consecuencia del impago de un préstamo y que el esfuerzo que represente la carga hipotecaria sobre la renta familiar se haya multiplicado por, al menos, 1,5 y ello suponga más de un tercio de los ingresos familiares, y que el conjunto de ingresos de la unidad familiar no supere 3 veces el valor del Indicador público de renta de efectos múltiples.(1.597 € mes).

No hay comentarios: