martes, 12 de noviembre de 2013

El TSJCV rechaza la medida cautelarísima de suspensión del nombramiento de nuevos consejeros de RTVV pedida por Compromís

VALENCIA.- La sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana ha rechazado la medida cautelarísima solicitada por el grupo Compromís para suspender el nombramiento de los nuevos consejeros en Radio Televisión Valenciana (RTVV) acordados por el Gobierno valenciano la pasada semana.

   De esta forma, el alto tribunal no suspenderá "de urgencia" la orden del Consell mediante la que se nombró a los nuevos consejeros de RTVV, tras la dimisión de los cinco 'populares', entre ellos la que fue directora general de la sociedad, Rosa Vidal, según ha informado el TSJCV. La dimisión se produjo tras la decisión del presidente
   El TSJCV da dos días a la Generalitat para que presente alegaciones a la petición de la coalición de suspender los nombramientos de consejeros. El grupo parlamentario Compromís presentó el pasado viernes ante el TSJCV un recurso contencioso-administrativo contra el acuerdo del Consell por el que nombró a miembros del Consejo de Administración de Radio Televisión Valenciana y designó al director general.
   Compromís solicitó al tribunal en su recurso la adopción de medidas cautelares que paralicen los nombramientos al considerar que la aprobación de un Decreto Ley basado en una "inexistente urgencia" para modificar una ley que exige una mayoría parlamentaria para efectuar los nombramientos tenía "como único objetivo" proceder al nombramiento de cinco miembros "afines" a la política del Consell y sus decisiones, con el fin de "recuperar" el control político de la radio y televisión pública, y hacer "efectiva" la decisión de cierre "burlando la mayoría cualificada que la propia Ley exige para el nombramiento" de esos consejeros.
   La coalición alegaba, entre otros argumentos, la vulneración del derecho de representación y participación en los asuntos públicos", recogido en el artículo 23 de la Constitución Española al "negar" a los diputados su derecho a elegir por mayoría de tres quintos a las personas que han de formar parte del Consejo de Administración, según se regula en el artículo 13 de la ley 3/2012.

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