VALENCIA.- La jueza de Catarroja que investiga la gestión de la dana ha dictado un auto en el que, a instancias de varias acusaciones particulares, requiere a la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ) para que informe en el plazo de tres días si se desplegaron agentes de ese organismo para ejercer funciones de vigilancia in situ de la emergencia en algún punto de control, así como el lugar de su ubicación.
Rechaza, en cambio, reclamar las identidades de esos trabajadores, pues, según señala, «lo importante no es conocer su identidad sino el lugar de identificación».
Del mismo modo, la instructora no accede a reclamar la identificación completa de los miembros de la junta de gobierno de la CHJ el pasado 19 de diciembre pues dicha petición «no posee relación con los hechos objeto de la investigación».
Tampoco considera necesario requerir información sobre los supuestos fallos del Sistema Automático de Información Hidrológica (SAIH) durante las lluvias de los pasados 29 y 30 de septiembre, porque «tampoco tiene relación alguna con la investigación, ya que no permiten determinar si el día de los hechos, 29 de octubre de 2024, el SAIH funcionaba correctamente».
En su resolución, la magistrada subraya que «ha de tenerse en cuenta que la competencia en la dirección de la emergencia es autonómica» y que «el control de los barrancos corresponde a la administración autonómica, lo que se desprende por la simple aplicación de la normativa legal en el control de la emergencia, prevista en el Plan Especial de Inundaciones de la Comunidad Valenciana, lo que ha sido reiterado en múltiples resoluciones».
La «claridad meridiana de la normativa y de la responsabilidad autonómica era tan conocida» que ya desde el día de antes de la barrancada «se sabía de la conveniencia del despliegue de agentes medioambientales al objeto de controlar los barrancos», conforme han declarado varios testigos del Centro de Coordinación de Emergencias (CCE). Control, apunta la instructora, «que, en el día álgido de la dana, perfectamente anunciado por la Aemet y publicitado por todos los medios de comunicación, había de continuar».
Recuerda además que dos testigos han afirmado que la Conselleria de Interior «negó dicho recurso humano, apostillando después que se les exigió que la petición se efectuara por escrito para que quedara registrada, que al día siguiente ya se no se efectuó dicha petición por el CCE, que sabían que la Conselleria de Medio Ambiente había retirado sus agentes a las 11 h del día 29, y que el ofrecimiento del director general de dicha Conselleria, nunca llegó al CCE; que por dicho motivo se movilizaron los bomberos forestales para la vigilancia de los cauces».
La movilización de los bomberos forestales, continúa, se efectuó tras la activación de las alertas hidrológicas del río Magro y del barranco del Poyo, después de las 12:20 h.
Sin embargo, añade, el día anterior con la simple previsión de la Aemet, se intentó la vigilancia a través de agentes medioambientales, «por lo que no se entiende que el día 29 de octubre, a pesar de que desde las 10:00 h había aviso rojo de la Aemet para tres áreas de la provincia (litoral norte, litoral sur e interior norte) no se movilizara recurso humano alguno, a instancia de los directores del plan, para la vigilancia de los barrancos».
En la misma línea, sostiene que «la vigilancia requiere un seguimiento, tanto en preemergencia como en emergencia».
«La movilización de recursos humanos se hizo tras la activación de la alerta hidrológica, que, para el barranco del Poyo, tuvo lugar a las 12:20 h, y ello habría sido suficiente para la comarca de l'Horta Sud, teniendo en cuenta la hora de los fallecimientos que resulta de las declaraciones de perjudicados practicadas hasta el momento», expone.
Y agrega que la vigilancia «también era necesaria en los barrancos tributarios del Poyo, atendiendo a las previsiones meteorológicas para zonas como Turís o Godelleta, y que los barrancos de dichas áreas no cuentan con medidores, además de que el barranco de Horteta desemboca en el Poyo más allá del medidor».
«Había avisos de lluvia acumulada en zonas de la cabecera del barranco del Poyo. Turís alcanzó un nivel muy elevado de lluvias. La llamada efectuada por una técnica de Emergencias entre las 12:45 y 13:15 horas del 29 de octubre a los bomberos, indicándoles que fueran a medir la escala de Paiporta es uno de los elementos claramente indicativos», expone.
«A dicha llamada --prosigue-- le precedió la de otro testigo. La propia consellera autonómica era informada de que le competía controlar el barranco del Poyo, estampando de su puño y letra la responsabilidad en la asunción de dicho control, la existencia de una alerta hidrológica y lo que es más importante, la utilización de medios propios, brigadas forestales».
Y dichas brigadas, remarca la jueza, «nada tienen que ver con la CHJ» y «tampoco están a las órdenes de la CHJ, y sí de la Administración autonómica, los agentes medioambientales de la Conselleria de Medio Ambiente».
En esta línea, pone el foco en que la actuación de vigilancia in situ responde al hecho de que las subidas repentinas en los caudales de los barrancos se han de controlar visualmente --como se afirma en uno de los vídeos unidos a la causa--, y «lo que es más decisivo, de forma permanente durante la alerta hidrológica, a través del gran número de medios personales, centenares de profesionales, que dependían de la Administración autonómica».
«La alerta hidrológica para el barranco del Poyo no se dejó sin efecto por lo que la obligación de control siempre estuvo vigente. La continuidad en la alerta hidrológica era perfectamente conocida por los técnicos que han depuesto», insiste.
Pero, sin perjuicio de la competencia que corresponde a la Generalitat sobre el control de los barrancos --«competencia que fue asumida incluso desde el día 28 de octubre de 2024, así como el mismo día 29 de octubre», incide-- la jueza cree procedente conocer si hubo agentes de la CHJ que se desplegaron acudiendo a algún punto de control, así como el lugar de intervención de los mismos.
Por otra parte, la instructora también ha dictado hoy una providencia por la que requiere a testigos y trabajadores de Emergencias y predictores de la Aemet para que manifiesten si acceden a que se obtenga y una al procedimiento las grabaciones de varias llamadas telefónicas mantenidas por ellos el 29-O, al tiempo que acuerda la citación de un ingeniero y otro testigo para que testifiquen sobre un informe relativo a la presa de Buseo.
Esa providencia también dispone recabar informe forense sobre la relación de causalidad entre el fallecimiento de una mujer, el 6 de noviembre de 2024, en el Hospital de la Ribera, con las circunstancias sufridas por la misma con motivo de la dana, después de que su hijo haya comparecido en el juzgado y haya pedido que su madre sea considerada víctima de la catástrofe.
Finalmente, la juez ha decidido que se reciba declaración como perjudicados y se les haga el correspondiente ofrecimiento de acciones a los familiares de 50 víctimas mortales que todavía no han sido oídos en sede judicial.
Por último, en una diligencia de ordenación, suscrita por la Letrada de la Administración de Justicia, se da cuenta entre otras cosas de la recepción de un informe de la Fiscalía, de anexos de un atestado ampliatorio de la Guardia Civil y del vídeo de la Diputación de Valencia de la 'Sessió 1 d'Investigació d'estudi de la gesió de la emergencia del 20 d'octubre'.
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