LUXEMBURGO.- El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictaminó este jueves que el reembolso del precio del billete que deben pagar las compañías aéreas en caso de cancelación de un vuelo debe incluir la comisión que los intermediarios cobren a los pasajeros cuando emitan el billete.
La corte con sede en Luxemburgo se pronunció a raíz
del caso de unos pasajeros a quienes la aerolínea KLM devolvió el precio
del billete por la cancelación de su vuelo entre Viena y Lima, excepto
los aproximadamente 95 euros que pagaron a una agencia de viajes cuando
compraron los pasajes.
La aerolínea consideró que no debía reembolsarles esa cantidad porque ignoraba su cobro y su importe, pero el TJUE
sentenció que «cuando una compañía aérea acepta que el intermediario
emita y expida billetes de avión» en su nombre, «se supone que conoce
necesariamente la práctica comercial del intermediario de cobrar una
comisión».
Y «al ser dicho cobro un elemento inevitable del precio del billete
del avión, debe considerarse autorizado por la compañía aérea», de tal
manera que la aerolínea debe reembolsar también la comisión que los
intermediarios cobran a los pasajeros.
Además, el TJUE añadió que «no es
necesario que la compañía aérea conozca el importe exacto de la
comisión de intermediación» porque «de lo contrario, se debilitaría la protección de los pasajeros (...) y se reduciría el atractivo de recurrir a los servicios de un intermediario» para comprar billetes de avión.
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