domingo, 18 de julio de 2010

La crisis fiscal desata la voracidad recaudatoria de algunos municipios valencianos

VALENCIA.- La localidad valenciana de Bocairent sancionará la limpieza de los parabrisas de vehículos detenidos en los semáforos o en la vía pública con una multa de 750 a 1.500 euros, y el juego del "trile" en el espacio público con entre 1.500 a 3.000 euros.

Así lo recoge la ordenanza municipal de seguridad y convivencia ciudadana del Ayuntamiento de Bocairent, que entrará en vigor en los próximos días, y cuyo objetivo es "preservar el espacio público como lugar de convivencia y civismo".

La normativa prohíbe en el espacio público toda conducta de desprecio a la dignidad de las personas, así como cualquier comportamiento discriminatorio, de contenido racista, xenófobo, sexista u homófobo, lo que se podrá sancionar con entre 750 y 1.500 euros.

Quedan especialmente prohibidas esas conductas cuando tengan por objeto personas mayores, menores y personas con discapacidad, y se perseguirán las conductas de asedio a menores por grupos de personas, todo lo cual se podrá multar con entre 1.500 y 3.000 euros.

La ordenanza distingue entre infracciones leves, sancionables con una cuantía máxima de 750 euros, como por ejemplo hacer pintadas o depositar en contenedores de basura orgánica envases de vidrio, plástico, papel o cartón; graves, con multa de 750 a 1.500 euros; y muy graves, multables desde los 1.500 hasta los 3.000 euros.

Las infracciones muy graves incluyen abandonar vehículos en la vía pública; el abandono de cadáveres de animales, o tirarlos a contenedores de residuos, incinerarlos o enterrarlos en lugares no autorizados expresamente; deteriorar de forma grave el mobiliario público, o colocar objeto que obstruyan el paso de personas.

También se consideran infracciones muy graves no cumplir las restricciones de riego y de llenado de piscinas dispuestas por el Ayuntamiento en periodos de sequía o en situaciones de escasez: incendiar basuras, o hacer pintadas en las señales que impidan o dificultan su visión.

Constituyen infracciones graves no recoger los excrementos depositados en lugares públicos por animales, no introducirlos en una bolsa de plástico o tirarlos a un lugar no adecuado; llevar mechas encendidas o disparar petardos sin autorización municipal; o la negligencia en la reparación inmediata de fugas de agua.

La circulación temeraria con patines o monopatines por aceras o lugares destinados a viandantes y la utilización de elementos del mobiliario urbano para su práctica podrá multarse con 750 a 1.500 euros, mientras que se prohíbe la mendicidad con menores, que podrá ser sancionada con multa de entre 1.500 y 3.000 euros.

La ordenanza prohíbe ofrecer, solicitar, negociar o aceptar, directa o indirectamente, servicios sexuales retribuidos en el espacio público cuando estas prácticas excluyan o limiten la compatibilidad de los diferentes usos del espacio público.

Asimismo, prohíbe especialmente ofrecer o negociar servicios sexuales retribuidos en el espacio público a menos de 200 metros de distancia de centros docentes, bajo multa de hasta 750 euros, y mantener relaciones sexuales con retribución en el espacio público, con multa de 1.500 a 3.000 euros.

Hacer las necesidades fisiológicas en la vía pública se multará con hasta 300 euros, y si se hace en lugares frecuentados por menores, en mercados de alimentos o en monumentos protegidos, con 750 a 1.500 euros.

No hay comentarios: