VALENCIA.- La Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad
Valenciana (TSJCV) ha aprobado a iniciativa de su presidente, Manuel
Baeza, un protocolo de respuesta judicial para situaciones de emergencia
como la dana que asoló la provincia de Valencia el 29 de octubre del
pasado año.
El documento, que consta de diez puntos más una
disposición final, incluye una serie de directrices de actuación
organizativa, procesal y gubernativa con el objetivo de "garantizar la
continuidad del servicio público de Justicia, la seguridad de las
personas y la coordinación con las distintas autoridades" en casos de
riadas, inundaciones, terremotos, incendios u otras catástrofes, así
como supuestos de crisis de cualquier naturaleza, según ha informado el
TSJCV en un comunicado.
El Protocolo de gestión de situaciones
de crisis que afecten al ámbito judicial de la Comunidad Valenciana,
como ha sido denominado, "se ajusta a las líneas maestras" que recoge el
Protocolo de Grandes Catástrofes del Consejo General del Poder Judicial
(CGPJ), de 2011, y está concebido de forma dinámica.
Por esta
razón, está sujeto a adaptaciones futuras. De hecho, la Sala de
Gobierno ha acordado dar traslado del documento a los colegios
profesionales de procuradores, abogados y graduados sociales para que
puedan efectuar sus observaciones y propuestas de mejora en el ámbito de
sus respectivas competencias.
En los puntos primero y segundo
del documento quedan fijados y descritos su objeto, el ámbito de
aplicación y los supuestos de crisis para los que está pensado. El punto
tercero señala las autoridades competentes para adoptar decisiones como
el cierre de los edificios judiciales cuando no pueda accederse a ellos
o su uso implique un riesgo para las personas.
Se trata del
presidente del TSJCV, los presidentes/as de las Audiencias Provinciales y
los presidentes/as de los Tribunales de Instancia (figura que sustituye
a los anteriores jueces/zas decanos) tras la última reforma legal.
La Sala de Gobierno del Tribunal Superior podrá adoptar directamente,
o ratificar, las medidas necesarias para hacer frente a la emergencia,
así como proponer en un plazo máximo de 48 horas al CGPJ la suspensión
de plazos procesales o la modificación de normas de funcionamiento.
También podrá acordar en este sentido medidas provisionales en casos de
urgencia que remitirá "de inmediato" al CGPJ para su ratificación.
El punto cuarto del protocolo fija que la información transmitida sea
"clara y continua" y su difusión pública se realizará a través de la
Oficina de Comunicación del TSJCV como "cauce único oficial".
El quinto punto recoge que las propuestas de suspensión de la actividad
judicial y de los plazos procesales "será generalizada o particularizada
según la naturaleza de la situación de crisis" y prevé que la Sala de
Gobierno pueda "modular" la obligación de acudir a las actuaciones
programadas en juzgados y tribunales "cuando las circunstancias lo
impidan, garantizando flexibilidad para su celebración si todos los
intervinientes pueden comparecer".
El documento incluye en el
sexto punto directrices para la prestación del servicio de guardia en un
partido judicial distinto al afectado, el sistema de refuerzo de
jueces, la disponibilidad de los funcionarios y la posibilidad de
arbitrar en coordinación con el CGPJ y la Conselleria medidas como
teletrabajo o reorganización de turnos.
El séptimo punto,
referido a la necesidad de dotar de agilidad al proceso de toma de
decisiones, prevé la constitución en casos de "extrema urgencia" de una
comisión operativa reducida dentro de la Sala de Gobierno, integrada por
un mínimo de tres miembros de su Comisión Permanente y cuya composición
determinará el presidente del Tribunal Superior.
En cuanto a
la comunicación, el punto 8 fija que se habilitará un teléfono de
emergencia directo para la atención a usuarios no judiciales de la sede
afectada, además de otros canales para comunicarse con colegios
profesionales y otros actores implicados en la emergencia.
El punto 9 se refiere a la coordinación y la colaboración con los
propios colegios profesionales, la Fiscalía, la Conselleria de Justicia,
el Instituto de Medicina Legal o las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del
Estado, entre otros aspectos.
El protocolo, en el décimo
punto, incide en la necesidad de establecer canales de comunicación
directa por parte de la Administración autonómica con el presidente del
TSJCV y el secretario de gobierno para recibir "en tiempo real" toda
aquella información relativa a circunstancias que puedan "impedir o
dificultar de forma grave" el desarrollo de la actividad judicial en
todo o en parte del territorio de la Comunidad Valenciana.
Finalmente, el punto 11 introduce una disposición adicional que alude a
la implementación de un sistema de mejora continua para perfeccionar el
documento, motivo por el que se ha dado traslado a los colegios de
abogados, procuradores y graduados sociales para que puedan realizar
observaciones y propuestas de mejora que contribuyan a su
perfeccionamiento.
valenciaconfidencial@gmail.com / "Sin el debate, sin la crítica, ninguna Administración y ningún país pueden triunfar y ninguna república puede sobrevivir" (John F. Kennedy) * Newsletter, de opinión e influencia, fundado en 2007 sin afán de lucro ni subvencionado con dinero público o privado, por Francisco Poveda, periodista profesional licenciado en la UCM desde 1976.
viernes, 19 de septiembre de 2025
La Sala de Gobierno del TSJCV aprueba un protocolo de respuesta judicial para situaciones de emergencia como la dana
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)

No hay comentarios:
Publicar un comentario