VALENCIA.- La sección cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia ha
desestimado los recursos de apelación presentados por varias acusaciones
particulares y ha rechazado que se investigue al representante legal de
la empresa fabricante del revestimiento de la fachada del edificio del
barrio valenciano de Campanar incendiado el 22 de febrero del pasado
año, en el que murieron diez personas.
Igualmente, el tribunal ha denegado otras solicitudes de prueba de
las partes como las declaraciones testificales la totalidad de los
bomberos que participaron en un primer momento en la extinción del
fuego, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la
Comunitat Valenciana (TSJCV).
El tribunal ha adoptado estas decisiones en dos autos de apelación
emitidos hace unos días y que confirman íntegramente los dictados a su
vez por el titular del Juzgado de Instrucción número 9 de Valencia,
responsable de la investigación.
La Audiencia rechaza que se cite a declarar como investigado al
responsable de la mercantil que fabricó el revestimiento de la fachada
porque considera que ha quedado acreditado que la construcción del
edificio siniestrado «se ajustó a la legalidad vigente en aquel
momento».
A juicio de los magistrados, a esa conclusión se llega a partir de
las declaraciones testificales prestadas durante la instrucción por el
arquitecto técnico autor del proyecto de construcción, el arquitecto
técnico que supervisó la ejecución de la obra y el arquitecto municipal
que elaboró el informe previo a la concesión de licencia de construcción
y ocupación.
«Difícilmente puede pretenderse que existiera una responsabilidad
penal por la supuesta ocultación de un riesgo, si éste estaba legalmente
admitido, al estar autorizada la utilización de dicho material para el
revestimiento de la fachada», recoge el auto de apelación.
En esta resolución, la sección cuarta también ratifica la negativa
del instructor a practicar otras diligencias relacionadas con el
material instalado en la fachada del edificio por entender que son
innecesarias.
El segundo de los autos dictados por el mismo tribunal deniega, entre
otras diligencias, que testifiquen en la causa la totalidad de los
bomberos que participaron en la primera intervención en el incendio, por
entenderlo innecesario y «redundante».
La Sala recuerda a este respecto que ya han testificado durante la
instrucción tres bomberos que llegaron al edificio en los primeros
vehículos y trabajaron directamente en la extinción del fuego, en
concreto, un bombero zapador, un cabo y un sargento. En opinión de la
Audiencia, «de lo actuado ya resultan esclarecidas las circunstancias en
las que se produjo la intervención» de los bomberos.
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