VALENCIA.- La magistrada de la plaza nº 3 de la Sección Civil y de Instrucción
del Tribunal de Instancia de Catarroja, que investiga la gestión de la
dana, ha dictado un auto en el que acuerda expulsar del procedimiento a
una acusación particular al considerar que su actuación implica un
"abuso de derecho" y un "fraude procesal" por ejercer, en realidad, como
defensa de uno de los dos investigados, el ex secretario autonómico de
Emergencias, Emilio Argüeso, al actuar en línea con su letrado.
La instructora adopta esta decisión después de que esta parte, que
figura en la causa con una nueva dirección letrada y procurador ya que
con anterioridad estaba representada por los de la entidad Liberum,
había pedido personarse en la pieza sancionadora abierta respecto del
abogado de Arguëso, que había pedido, entre otras cuestiones, la
certificación de en cuántos interrogatorios del procedimiento había
participado el magistrado marido de la jueza, si es que lo había hecho y
si había redactado alguna resolución.
Esa acusación particular ahora
expulsada se sumó igualmente a esta petición y en idénticos términos.
La jueza magistrada había rechazado esa solicitud de la defensa de
Argüeso al considerar que es el "enésimo capítulo en una estrategia de
defensa que, de forma burda" pretendía apartarla del procedimiento y
decidió abrir una pieza separada para ver si cabe sanción contra el
letrado tanto por el contenido de su escrito como por la documental
aportada con él, consistente en unas fotografías obtenidas ilícitamente
de la sala de vistas donde aparecen su marido y su hija tras una
declaración y cuando ya se había acabado la grabación.
En el
auto, contra el que cabe recurso, la magistrada justifica la expulsión
en que la acusación particular "tiene como finalidad el ejercicio de la
acción penal, no la defensa de los investigados" mientras que su escrito
"combina una alineación total con la posición procesal" del abogado de
Argüeso, "hasta el punto de que pretende personarse, algo absurdo por
otra parte, en la pieza en la que se determinará en su caso la sanción" y
con la solicitud de pruebas que pretenden la investigación en este
procedimiento no de la muerte de las víctimas sino de ella misma y de su
marido.
Así, señala que existe una "clara
voluntad" del ejercicio de la acción penal pero contra ella por parte de
esta acusación particular y, como ejemplo, incluye declaraciones
públicas realizadas en una manifestación celebrada el 29 de junio en
Madrid, donde pidió la cárcel para la propia jueza.
"Nuria
(la jueza) debería estar en la cárcel y, de hecho, si no cambia la
instrucción y sigue las directrices de los que le mandan, vamos a ir a
por ella"; "el pueblo entero va a ir a por ti, Nuria", recoge el auto
con las declaraciones de esa persona, que en otras manifestaciones en
redes sociales sostenía que "la fecha 29 de octubre es una fecha
satánica igual que fueron provocados el día 11 de marzo", además de
incluir el "bulo" de los fallecidos en el parking del centro comercial.
La magistrada ha decidido incluir en el procedimiento ese video que
circula por las redes sociales a efectos del recurso, y señala a la
abogada que la representa que este órgano "no es el lugar donde se han
de investigar los bulos de miles de asesinados, ni tampoco donde se me
investigue a mí con el resultado que pretende su cliente. Si es esa su
voluntad, deberá acudir a otras instancias. Otros ya lo han hecho".
La jueza recalca que, hasta ahora, no había valorado la "campaña de
denigración" contra ella porque se producía "extramuros del
procedimiento", pero ahora lo hace porque "se ha pretendido introducir
en el proceso, lo que no hace sino obstaculizar el avance del mismo".
Así, reitera que es "inadmisible una postura en fraude procesal" que
supone "un uso desviado de la figura de la acusación, en este caso,
particular, para defender al investigado".
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