lunes, 24 de octubre de 2011

Entidades locales tendrán que remitir al Síndic de Comptes los contratos de obras que excedan los 600.000€

VALENCIA.- El sector público local de la Comunitat Valenciana tendrá que remitir a la Sindicatura de Comptes los contratos de obras y de colaboración con entidades privadas, así como las concesiones de obras públicas, cuya cuantía supere los 600.000 euros, IVA excluido.

   Esta es una de las consecuencias del acuerdo del Consell de la Sindicatura de Comptes de la Comunitat Valenciana por el que se aprueba la instrucción relativa a la remisión a esta institución de control de la información contractual del sector público local.
   En el acuerdo, que publica este lunes el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana (DOCV) recuerda que la Sindicatura se encuentra inmersa en un proceso progresivo de implantación de los medios electrónicos, informáticos y telemáticos que contribuyan a una mayor eficacia en el ejercicio de sus funciones.
   Añade que en el ámbito del sector público local es donde actualmente se ha alcanzado un mayor nivel de desarrollo, dada la existencia de una plataforma para la rendición de cuentas, que se ha constituido en colaboración con el Tribunal de Cuentas y otros órganos autonómicos de control externo.
   Por ello, agrega el texto oficial, datado del 17 de octubre, se ha considerado "necesario" regular la remisión por el sector público local --que incluye a las entidades locales que conforman el territorio de la comunidad autónoma, sus organismos autónomos, las empresas públicas dependientes y cuantas entidades estén participadas mayoritariamente por aquéllas-- de la información relativa a su actividad contractual.
   De este modo, los titulares de los órganos de contratación del sector público local, o los presidentes o secretarios de los mismos en el caso de que sean colegiados, deberán remitir, antes de los tres meses siguientes a la formalización del contrato, la información contractual, a cuyo efecto cumplimentarán a través de internet un modelo prefigurado y adjuntarán copia certificada en PDF del contrato.
   La remisión de la información se hará en el caso de contratos de obras, concesiones de obras públicas, gestión de servicios públicos y contratos de colaboración entre el sector público y el sector privado cuya cuantía exceda de 600.000 euros, IVA excluido; contratos de suministros de cuantía superior a 450.000 euros, y contratos de servicios y contratos administrativos especiales de cuantía superior a 150.000 euros, también sin IVA.
   Si se trata de contratos mixtos, procederá su remisión cuando la suma de todas sus prestaciones supere los 150.000 euros e, igualmente, en relación con los contratos señalados en el apartado anterior, se comunicarán, en el trimestre siguiente al que se hayan producido, determinadas incidencias.
   Con independencia de la información señalada, la Sindicatura podrá requerir el envío de la documentación adicional en relación con cualquier contrato celebrado. Dicho requerimiento deberá ser atendido en los términos y plazos en que se hubiera planteado.
   Asimismo, se faculta al síndic major para dictar actos y adoptar las medidas que consideren oportunas para el desarrollo y aplicación de lo dispuesto en la presente instrucción.
   La entrada en vigor de esta instrucción se producirá este martes, un día después de su publicación en DOCV, "en relación con todos los contratos que se formalicen a partir de esa fecha", concluye el acuerdo.

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