VALENCIA.- La titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 3 de Catarroja, que investiga la gestión de la dana del pasado 29 de octubre,
ha citado a declarar como investigados el próximo 11 de abril a la
exconsellera de Justicia e Interior, Salomé Pradas, y al ex secretario
autonómico de ese departamento Emilio Argüeso, informa el Tribunal
Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV).
Así consta en una providencia, notificada este lunes a las partes, en
la que la magistrada también fija el 14 de abril para tomar declaración
como testigos a la delegada del Gobierno en la Comunitat Valenciana,
Pilar Bernabé, y al presidente de la Diputación de Valencia, Vicent
Mompó, y el 29 del mismo mes para hacer lo propio con dos técnicos.
Por otro lado, la instructora ha dictado este lunes un auto en el que
deniega la solicitud de la acusación popular que ejerce Acció Cultural
del País Valencià (ACPV) de requerir datos sobre los vehículos oficiales
usados por el presidente de la Generalitat y sus escoltas entre las 8
horas del 29 de octubre y las 8 horas del día siguiente.
La magistrada justifica esta negativa en la condición de aforado del
jefe del Consell, por lo que «no es factible» la «realización de
diligencias de investigación sobre su actuación», explica.
Al respecto, la instructora recuerda que el presidente de la
Generalitat tiene la condición de aforado, por lo que el juzgado de
Instrucción no puede ordenar la práctica de diligencias de investigación
sobre su actuación respecto de esta causa.
Igualmente, deniega la misma solicitud de diligencias respecto de la
entonces consellera de Emergencias y de su secretario autonómico, pues
«no consta que los mismos no se hubieran incorporado a la reunión» del
Centro de Coordinación Operativa Integrado (Cecopi) «o que dicha
incorporación se hubiera efectuado con retraso», así como con respecto
del director y el subdirector general de Emergencias, porque estos dos
últimos cargos «no ostentan la condición de investigados».
Finalmente, en relación con las posibles grabaciones de audio por
parte de integrantes de la reunión del Cecopi del día 29 de octubre,
considera que deben ser éstos quienes manifiesten si poseen ese material
y si «voluntariamente prestan su conformidad» para aportarlas al
proceso una vez se les reciba declaración.
Tanto la providencia como el auto notificados hoy no son firmes y
contra ellos caben recurso, apuntan desde el Alto Tribunal valenciano.
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